Relaciones amorosas en el trabajo: ¿Son ilegales en México? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

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/ 14 febrero 2025

La Ley Federal del Trabajo establece que en caso de despido por este motivo, el trabajador puede impugnar la decisión si considera que se vulneraron sus derechos

Con la llegada de febrero, el mes del Amor y la Amistad, muchas parejas en México se preparan para celebrar con cenas especiales, envío de desayunos y flores al lugar de trabajo e incluso serenatas nocturnas. Sin embargo, en este contexto surge una interrogante frecuente: ¿es legal mantener una relación amorosa dentro del ambiente laboral?

La convivencia diaria en los espacios de trabajo propicia que surjan relaciones personales entre empleados, algunas de las cuales pueden evolucionar en vínculos sentimentales. Ante esta situación, es importante conocer qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) al respecto.

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¿PROHÍBE LA LEY LAS RELACIONES AMOROSAS EN EL TRABAJO?

En México, la LFT no contempla expresamente la prohibición de relaciones sentimentales entre trabajadores de una misma empresa. Sin embargo, existen disposiciones dentro de la ley que podrían aplicarse en casos donde la relación afecte la disciplina laboral o genere conflictos dentro del entorno de trabajo.

¿QUÉ DICE EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO SOBRE LAS RELACIONES ROMÁNTICAS EN EL TRABAJO?

El artículo 47 de la LFT establece diversas causas por las cuales un empleador puede rescindir el contrato de un trabajador sin responsabilidad para la empresa. Algunas de estas disposiciones podrían relacionarse indirectamente con las relaciones sentimentales en el trabajo, especialmente cuando generan conflictos o afectan el desempeño laboral. Entre ellas se encuentran:

- Fracción II: Cometer actos de violencia, injurias o malos tratos en contra del patrón, personal directivo, administrativo, clientes o proveedores.

“II. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, o en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia”

- Fracción III: Realizar actos que alteren la disciplina en el lugar de trabajo.

“III. Cometer el trabajador contra alguno de sus compañeros, cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo.”

- Fracción VIII: Cometer actos inmorales o incurrir en hostigamiento y/o acoso sexual dentro del establecimiento.

“VIII. Cometer el trabajador actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.”

Si bien el hecho de tener una relación amorosa dentro del lugar de trabajo no está considerado como una falta laboral, podría derivar en problemas que sí caigan dentro de estas causales, como favoritismos, conflictos personales que afecten la productividad o situaciones de acoso laboral.

CONOCER LAS NORMAS INTERNAS Y POLÍTICAS EMPRESARIALES ES IMPORTANTE

Aunque la legislación mexicana no prohíbe de manera explícita las relaciones de pareja en el trabajo, algunas empresas han establecido códigos de conducta internos que regulan este tipo de situaciones. En ciertos casos, los empleadores pueden solicitar que los trabajadores notifiquen si mantienen una relación sentimental con un compañero, especialmente cuando se trata de vínculos entre supervisores y subordinados, para evitar conflictos de interés.

Además, hay empresas que establecen cláusulas específicas en los contratos laborales, en las que prohíben o regulan las relaciones entre empleados con el objetivo de prevenir problemas internos. Estas medidas deben apegarse a la legislación laboral vigente y no pueden utilizarse como motivo de despido injustificado.

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PROCEDIMIENTO DE DESPIDO Y DERECHOS DEL TRABAJADOR

El artículo 47 de la LFT también establece que, en caso de despido, el empleador debe entregar un aviso escrito al trabajador, especificando claramente las causas y fechas de las conductas que motivaron la rescisión. Si el patrón no cumple con este requisito, se presume que la separación del trabajador fue injustificada, salvo que se demuestre lo contrario.

Por lo tanto, si un trabajador es despedido por mantener una relación sentimental dentro del entorno laboral, podría impugnar la decisión ante los tribunales laborales si considera que su despido fue injustificado o si se vulneraron sus derechos.

Las relaciones amorosas en el trabajo no son ilegales en México, pero pueden generar situaciones que deriven en conflictos laborales. Aunque la LFT no prohíbe estos vínculos, sí establece causales de rescisión de contrato en caso de que la relación afecte el ambiente laboral, la disciplina o la seguridad en el trabajo.

Para evitar problemas, es recomendable que las parejas que surjan en el ámbito laboral mantengan una conducta profesional y respeten las políticas internas de la empresa. Asimismo, es importante que los empleadores apliquen medidas equitativas y apegadas a la legislación laboral vigente para garantizar un ambiente de trabajo armonioso y libre de discriminación.

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