INAI determina que ISSSTE debe entregar estadísticas sobre riesgos de trabajar, tras solicitud de revisión
Al solicitarle al ISSSTE las estadísticas de riesgos de trabajo, el Instituto comentó que el sistema no se encontraba actualizado
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) determinó que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) debe de dar a conocer las estadísticas de riesgos de trabajo, enfermedad profesional e invalidez, de 2016 a 2022.
La información debe presentarse de marea detallada, desglosado por solicitudes recibidas y solicitudes calificadas y/o dictaminadas por estado en las fechas antes mencionadas. Josefina Román Vergara, Comisionada del INAI, afirmó que este tipo de información contribuye a instaurar políticas públicas para el beneficio de los trabajadores.
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“Este caso es representativo de cómo la información pública es útil para conocer y tomar decisiones que permitan mejorar la vida de las personas trabajadoras mexicanas; que, de acuerdo con la OCDE, es el miembro de ese organismo que más horas labora por semana. En este escenario es pertinente contar con información pública sobre las condiciones laborales y prestaciones de seguridad social de las personas al servicio del Estado”, enfatizó.
PRESENTAN RECURSO DE REVISIÓN CONTRA ISSSTE
El solicitante, que pidió las estadísticas, presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del ISSSTE, pues la institución señaló que no existe la obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información.
Si bien, no se entregó la información solicitada en el momento, la institución proporcionó vínculos digitales para la versión en línea de la tabla “Dictaminación de invalidez clasificada en aprobado y negado”.
En alegatos, el sujeto obligado proporcionó el vínculo electrónico del Anuario Estadístico del sujeto obligado con el fin de localizar la información requerida, precisando que, si bien al momento de la atención a la solicitud de acceso, el sistema no se encontraba actualizado, derivado de la interposición del recurso de revisión se cargó de manera correcta la información que permite atender lo solicitado.
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ISSSTE NO CUMPLE CON LA LEY DE TRANSPARENCIA
Al hacer la comprobación del caso, la Comisionada determinó que la respuesta del ISSSTE no cumplió con los principios de congruencia y exhaustividad establecidos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pues solo proporcionó dos tablas mediante las cuales se puede conocer la cantidad total de la dictaminación por invalidez, incapacidad parcial, incapacidad total y defunciones de 2022.
La ponencia advirtió que no se pudo localizar lo requerido por la persona recurrente, debido a que con la información proporcionada solo es posible conocer la cantidad total de la dictaminación por invalidez, incapacidad parcial, incapacidad total, y defunciones, y no así las estadísticas de riesgos de trabajo, enfermedad profesional e invalidez.
Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del ISSSTE y le instruyó realizar una nueva búsqueda en los archivos físicos y electrónicos de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales, a efecto de localizar alguna expresión documental que permita informar las estadísticas de riesgos de trabajo, enfermedad profesional e invalidez, desglosado por solicitudes recibidas y solicitudes calificadas y/o dictaminadas por estado de 2016 a 2022.