Juan Arturo Contreras Mercader: los Meses del Testamento ponen sobre la mesa una decisión que muchos siguen dejando para después
Juan Arturo Contreras Mercader, abogado corporativo, notario público y titular de Notaría 12Cancún, pone el foco en una de las ideas que todavía condicionan la cultura testamentaria enMéxico: pensar que solo necesita hacer testamento quien posee una casa, un gran patrimonioo numerosos bienes.
La mayoría de nosotros nos preguntamos “¿para qué voy a hacer testamento si no tengo nada?” justo en eso, se resume buena parte del problema.
Desde la Notaría Pública número 12 del Estado de Quintana Roo, con domicilio en Cancún, Contreras plantea que la previsión sucesoria no depende únicamente de cuánto patrimonio tenga una persona hoy, sino de ordenar su voluntad y poder actualizarla conforme cambien sus circunstancias.
En septiembre y octubre de 2026 se desarrolla oficialmente en Quintana Roo, el programa “Mes del Testamento”, la campaña abre una oportunidad para explicar que la previsión sucesoria no depende únicamente del patrimonio que una persona tenga hoy, sino de ordenar su voluntad y poder actualizarla conforme cambien sus circunstancias.
“No tengo nada”: una idea que limita la cultura testamentaria
Una vivienda suele ser el primer bien que viene a la mente cuando se habla de una herencia. Pero el patrimonio de una persona puede estar compuesto por mucho más: un vehículo, cuentas bancarias, inversiones, derechos, participaciones en una empresa u otros activos que pueden tener consecuencias sucesorias.
Para Juan Arturo Contreras Mercader, reducir el testamento a la existencia de una casa contribuye a que muchas personas pospongan una decisión que debería analizarse desde una perspectiva más amplia.
El Código Civil para el Estado de Quintana Roo define el testamento como un acto personalísimo, revocable y libre mediante el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos y declara o cumple deberes para después de su muerte.
Esa definición permite entender que el centro de la figura no está en alcanzar una determinada cantidad de patrimonio, sino en la posibilidad de expresar jurídicamente una voluntad.
Desde la Notaría 12 Cancún, Contreras señala que una de las confusiones más frecuentes alrededor del testamento surge precisamente de asociarlo exclusivamente con bienes inmuebles o patrimonios elevados.
Una persona puede tener hoy una situación patrimonial relativamente sencilla y encontrarse dentro de algunos años en una realidad completamente diferente. Comprar una vivienda, adquirir un vehículo, constituir una sociedad, realizar inversiones o incorporar nuevos derechos modifica esa fotografía.
Por eso, esperar a “tener suficiente” para pensar en un testamento parte de una premisa equivocada: el patrimonio no permanece estático a lo largo de la vida.
El patrimonio es más amplio que una vivienda
Otra consecuencia de esa percepción es que determinados activos dejan de considerarse cuando se piensa en una sucesión.
La planificación debería comenzar por identificar qué bienes y derechos existen realmente, cómo están documentados y bajo qué titularidad se encuentran. Esa revisión puede abarcar desde inmuebles y vehículos hasta activos financieros, derechos societarios u otras posiciones jurídicas que formen parte del patrimonio de una persona.
No todos los activos siguen exactamente las mismas reglas ni todos requieren las mismas actuaciones. Por ello, el testamento tampoco debe presentarse como una solución automática para cualquier situación patrimonial.
Su utilidad reside en algo diferente: permitir que una persona formalice su voluntad dentro del marco jurídico aplicable, en lugar de dejar todas las decisiones sucesorias para el momento posterior a su fallecimiento.
Hacer un testamento no significa que la decisión sea definitiva para siempre
Existe además otra percepción que puede retrasar la decisión: pensar que otorgar un testamento implica quedar vinculado permanentemente a lo que se estableció ese día.
La legislación de Quintana Roo establece precisamente lo contrario. El testamento es revocable y un testamento posterior puede dejar sin efecto al anterior conforme a las disposiciones aplicables.
Esto resulta especialmente relevante porque las circunstancias personales y patrimoniales cambian.
La voluntad también puede actualizarse
Una persona puede otorgar un testamento en una etapa determinada de su vida y revisarlo posteriormente si su patrimonio, relaciones personales u objetivos sucesorios se modifican.
Desde esta perspectiva, testar no significa intentar prever de forma inmutable todo lo que ocurrirá durante las décadas siguientes. Significa dejar formalizada una voluntad que puede revisarse cuando las circunstancias lo hagan necesario.
Ese carácter revocable también responde a otra de las dudas que, según la experiencia de Notaría 12 Cancún, puede generar resistencia: pensar que hacer un testamento demasiado pronto significa quedar condicionado para siempre por aquella primera decisión.
No es así.
La cuestión, por tanto, no debería formularse únicamente como “¿qué tengo ahora?”, sino también como “¿cómo quiero que se ordenen mis asuntos y cuándo debería revisar esa decisión?”.
Juan Arturo Contreras Mercader: el testamento como previsión, no como señal de riqueza
El cambio de enfoque es importante porque desplaza el testamento del terreno de la acumulación patrimonial al de la previsión jurídica.
No se trata de afirmar que todas las personas necesitan exactamente la misma estructura sucesoria ni de presentar un instrumento como respuesta universal. Cada situación debe analizarse según los bienes y derechos existentes, la titularidad de esos activos, las circunstancias personales y la voluntad de quien desea disponer de ellos.
Lo relevante es evitar que la ausencia de una vivienda o de un patrimonio elevado se convierta automáticamente en una razón para no informarse.
Los “Meses del Testamento” se desarrollan durante septiembre y octubre de 2026 sitúan que ofrecen una oportunidad para ampliar la cultura testamentaria más allá de la idea tradicional de herencia asociada únicamente a propiedades inmobiliarias o un gran patrimonio.
La Notaría 12 Cancún, encabezada por Juan Arturo Contreras Mercader como titular de la Notaría Pública número 12 del Estado de Quintana Roo, participa de esa labor de información desde su ámbito profesional, atendiendo asuntos notariales y patrimoniales en el estado.
Para Contreras, el reto va más allá de una campaña temporal: consiste en ampliar la comprensión pública sobre qué significa planificar una sucesión y evitar que el testamento continúe asociado exclusivamente a personas de edad avanzada, grandes patrimonios o situaciones de urgencia.
Esperar también tiene consecuencias
Cuando no existe testamento, la ausencia de voluntad testamentaria no significa que el patrimonio quede sin regulación. En los supuestos previstos por la legislación entra en funcionamiento el régimen de sucesión legítima, que establece jurídicamente cómo debe desarrollarse la transmisión hereditaria.
Precisamente por ello, otorgar testamento permite diferenciar entre dos escenarios: que sea la propia persona quien formalice su voluntad dentro de los límites de la ley o que, ante la falta de esa disposición, opere el régimen sucesorio previsto legalmente.
La decisión merece además ser revisada cuando cambia la realidad personal o económica. Un testamento otorgado años atrás puede dejar de reflejar las circunstancias actuales, y la propia naturaleza revocable de la figura permite actualizarlo.
La prevención sucesoria, por tanto, no consiste únicamente en firmar un documento y olvidarlo. Implica conocer el patrimonio, ordenar la información y revisar periódicamente si la voluntad formalizada continúa respondiendo a la realidad de la persona.
Notaría 12 Cancún: una cultura testamentaria que empiece antes
La pregunta inicial —“¿para qué hacer testamento si no tengo nada?”— contiene en realidad otra cuestión: qué entendemos por patrimonio y en qué momento consideramos necesario comenzar a ordenarlo.
Para Juan Arturo Contreras Mercader, cambiar esa percepción es uno de los pasos necesarios para desarrollar una mayor cultura testamentaria. Una persona no necesita esperar a encontrarse ante una urgencia para analizar sus decisiones sucesorias, del mismo modo que tampoco necesita considerar definitiva para siempre la voluntad que formalice en un momento determinado.
La posibilidad de revisar el testamento permite adaptar esas decisiones a una vida que cambia: nuevos bienes, nuevas inversiones, nuevas relaciones jurídicas y nuevas circunstancias personales.
Desde Notaría 12 Cancún, el planteamiento es desplazar el testamento de una conversación vinculada exclusivamente con la muerte o las grandes fortunas y situarlo donde jurídicamente resulta más útil: en la organización anticipada de la voluntad y del patrimonio.
La campaña de septiembre y octubre ayuda a poner el asunto sobre la mesa. El desafío de fondo es que esa conversación no desaparezca cuando termine el calendario oficial.
Sobre Juan Arturo Contreras Mercader
Juan Arturo Contreras Mercader es abogado corporativo y notario público, con ejercicio profesional como abogado desde 2015 y más de diez años de experiencia. Su actividad se concentra en asuntos corporativos, inmobiliarios, patrimoniales y notariales.
Desde septiembre de 2022 es titular de la Notaría Pública número 12 del Estado de Quintana Roo, identificada también como Notaría 12 Cancún, con domicilio en Cancún y actividad en todo el estado de Quintana Roo. Su práctica comprende, entre otras materias, testamentos, sucesiones y operaciones relacionadas con la organización y transmisión del patrimonio.
El contenido de este comunicado es exclusivamente informativo y no sustituye una asesoría jurídica, fiscal o patrimonial adaptada a las circunstancias de cada operación.
Información de contacto
Notaría 12 Cancún
Tel.: 998 415 1850
E-mail: contacto@notaria12qroo.com.mx
Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 18:00 horas.