Buscan modificar NOM para fortalecer la seguridad en las minas de carbón

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México
/ 5 marzo 2026

Plantean modificar altura de galerías, regular la distancia entre lumbreras, contar con sistemas de gestión de seguridad y salud, entre otras modificaciones

En su Primera Sesión Extraordinaria de 2026, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobó el Anteproyecto de modificación de la NOM-032-STPS-2008, Seguridad para minas subterráneas de carbón, para su tránsito formal a Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) afirmó que este avance representa un paso sustantivo en el fortalecimiento de las condiciones de seguridad en la minería del carbón en México, y constituye una acción concreta del Estado mexicano para reforzar la cultura de la prevención en uno de los sectores de mayor riesgo laboral.

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El Proyecto aprobado es resultado del trabajo técnico desarrollado desde mayo de 2025 por un Grupo de Trabajo que sesionó en once ocasiones, con la participación de representantes del sector productivo, instituciones públicas, academia y especialistas, bajo la coordinación de la STPS.

La dependencia federal destacó que la propuesta normativa incorpora disposiciones que elevan de manera sustancial los estándares de seguridad en las minas subterráneas de carbón. Entre ellas, el establecimiento de alturas mínimas en galerías no menores a 1.8 metros y distancias horizontales de al menos 2.5 metros, con el fin de que las personas trabajadoras puedan realizar sus actividades en condiciones estructurales más seguras.

También incluye la regulación de distancias entre lumbreras y requisitos técnicos para ventilación forzada que garanticen niveles adecuados de oxígeno respirable, así como parámetros técnicos sobre inclinaciones máximas de rampas, tiros verticales y condiciones de fortificación.

Se establece la obligación de contar con sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo específicos para minería subterránea, con personal certificado responsable, la implementación de refugios de salvamento con autonomía mínima para emergencias y la notificación obligatoria del inicio y término de operaciones ante la STPS.

Subrayó la Secretaría del Trabajo que, de manera relevante, el Proyecto redefine su ámbito de aplicación al eliminar el concepto de “operación a menor escala” contemplado en la norma anterior, lo que cierra espacios de excepción normativa y fortalece la protección de las personas trabajadoras.

El proyecto seguirá el procedimiento previsto en la Ley de Infraestructura de la Calidad, que contempla su publicación para consulta pública durante 60 días naturales, el análisis de comentarios y, posteriormente, la emisión definitiva de la Norma Oficial Mexicana.

“Esta actualización normativa permitirá incrementar las condiciones de seguridad estructural y operativa en las minas subterráneas de carbón, facilitar el cumplimiento mediante reglas más claras y técnicas, transitar de un modelo reactivo a uno preventivo y reducir significativamente los riesgos de trabajo en una de las actividades con mayor exposición a accidentes graves”, enfatizó la STPS.

Indicó que este avance se inscribe en una agenda laboral más amplia que ha colocado en el centro la dignidad la seguridad y los derechos de las personas trabajadoras, con acciones como la eliminación de la subcontratación abusiva, el fortalecimiento de la libertad sindical, la ampliación de las vacaciones, el derecho al descanso en el trabajo, la actualización de las tablas de enfermedades laborales y la reducción de la jornada laboral.

Afirmó que, con ello, el Estado mexicano “reafirma su compromiso con la prevención, la vida y la salud de las y los trabajadores, así como con el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos ante la Organización Internacional del Trabajo, avanzando hacia una minería más segura, digna y alineada con las mejores prácticas internacionales”.

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