‘Sepulta’ Corte controversia del INE contra ‘superpoderes’ de Guadalupe Taddei
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Desechan ministros estudiar reformas a LEGIPE que facultan a Presidencia del INE para designar a altos funcionarios del órgano
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “sepultó” la controversia que promovió en noviembre de 2024 el Instituto Nacional Electoral (INE) para impugnar la reforma que otorga a la Presidencia del órgano designar directamente a altos funcionarios del mismo.
Los ministros resolvieron, por seis votos contra tres, la controversia que fue impulsada por la entonces secretaria ejecutiva del INE, pues determinaron que no procede el recurso al tratarse de una ley en materia electoral.
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Por ende, la Corte no se pronunció sobre la reforma, misma que ya permitió a la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, nombrar unilateralmente a directores ejecutivos y titulares de unidades técnicas sin el consenso del Consejo General.
De acuerdo con la demanda, la citada reforma a los artículos 45 y 49 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) atenta contra la autonomía del órgano.
En la discusión del recurso, el ministro Giovanni Figueroa dijo que la controversia sí debía analizarse, pues sostuvo que no se refiere exclusivamente a la materia electoral.
“Reconocer que el Congreso puede intervenir sin control constitucional alguno en la forma en que un órgano Constitucional autónomo organiza su vida interna, supone vaciar de contenido la autonomía que la Constitución le reconoce, reduciéndola a una declaración meramente formal y carente de eficacia jurídica. La autonomía no es solo para actos electorales, sino también la potestad de decidir sin injerencias externas como se integra su aparato administrativo”, afirmó.
En febrero de 2025, la Corte discutió un proyecto que declaraba la invalidez, pues consideraban que el reformado artículo 45 parecía contradecir artículos que no fueron modificados.
Sin embargo, con los votos en contra de las tres ministras afines a Morena, se desechó el proyecto y las acciones, que fueron promovidas por el PRI y por Movimiento Ciudadano fueron desestimadas y la Corte no se pronunció sobre el artículo 45 de la LEGIPE.
En ese proyecto solo se impugnaba el artículo 45, pero en lo recién discutido también se cuestionaba el 48, que da a la Junta General Ejecutiva, que preside Taddei, la facultad de aprobar acuerdos para coordinar y ejecutar actividades técnicas, administrativas y operativas del INE.
“No se declaró ninguna invalidez (en febrero de 2025)”, dijo Batres, quien aseguró que a pesar de estar a favor de analizar la controversia, considera que la reforma no afectó la autonomía del INE.
Los ministros María Estela Ríos, Yasmín Esquivel, Sara Herrerías, Hugo Aguilar, Arístides Guerrero e Irving Espinoza votaron por desechar la controversia. En tanto, Giovanni Figueroa, Lenia Batres y Loretta Ortiz votaron por estudiar el fondo de la misma.