Semarnat deberá dar a conocer los contratos de venta y títulos de terrenos ganados al mar: IFAI

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En respuesta a un particular que solicitó esa información, además de la relación de los terrenos que fueron cedidos, la SEMARNAT envió una tabla en donde se puede localizar los datos relacionados con la desincorporación de terrenos ganados al mar
México, DF. La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) deberá buscar y dar a conocer, en versión pública, los contratos de venta y títulos de concesión de terrenos ganados al mar, registrados entre 2004 y julio de 2013, instruyó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI).
En respuesta a un particular que solicitó esa información, además de la relación de los terrenos que fueron cedidos, la SEMARNAT envió una tabla en donde se puede localizar los datos relacionados con la desincorporación de terrenos ganados al mar.
Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante IFAI, turnado al comisionado presidente, Gerardo Laveaga, en el que manifestó que dicha tabla estaba incompleta, ya que faltaban varios de los datos solicitados, como los relativos a la venta y concesión de terrenos ganados al mar.
Una vez admitido el recurso, mediante su Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, el sujeto obligado señaló que la información que le envió al particular en su respuesta inicial, era con la que contaba.
Posteriormente, la SEMARNAT envió un correo al particular en donde le aclaró que esa dependencia no cede bienes nacionales; sin embargo, informó sobre la posibilidad de contar con las resoluciones emitidas a nivel nacional en donde se pueden obtener datos relacionados con su petición.
En el análisis del caso, el comisionado ponente expuso lo siguiente:
1. En el correo enviado al particular se desprende que la SEMARNAT acepta que hay información sobre la concesión de terrenos ganados al mar.
2. En la página de la SEMARNAT se pudo observar que la dependencia cuenta con un trámite especial para la concesión de terrenos ganados al mar, por lo que está facultada para otorgar contratos y concesiones. En ese sentido, la respuesta otorgada por el sujeto obligado fue incompleta.
3. La SEMARNAT tiene la facultad para otorgar contratos relacionados con terrenos ganados al mar.
4. La Dirección General de Zonas Marítimo Nacional Terrestre y Ambientes Costeros tiene la facultad de otorgar concesiones, permisos y autorizaciones sobre el uso, aprovechamiento y explotación de los bienes nacionales dentro de los que destacan los terrenos ganados al mar.
5. Las expresiones documentales que darían respuesta al particular son: los contratos celebrados y los títulos de concesión.
Por lo anterior, a propuesta del comisionado Gerardo Laveaga, el Pleno del IFAI revocó la respuesta e instruyó a la SEMARNAT a buscar exhaustivamente todos los contratos y títulos de concesión relacionados con terrenos ganados al mar, para el periodo comprendido de 2004 a julio de 2103.
En dicha búsqueda no podrá omitir la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros.
Ahora bien, en el caso de que los contratos incluyan información que por su naturaleza pudiera contener datos confidenciales tales como el RFC o la CURP de alguna persona física identificable, se elaborará una versión pública de lo solicitado, en la que se eliminaría dicha información con fundamento en lo establecido en el artículo 18, fracción I de la LFTAIPG.