Nuestra Constitución no protege a la vida desde la concepción, advierte ministro Valls

Nacional
/ 23 septiembre 2015

    Explicó que aún cuando nuestro sistema defendiera el derecho a la vida, "este no es absoluto y debe asociarse a los demás derechos y libertades"

    México DF. Nuestro sistema constitucional no protege a la vida desde la concepción. Los convenios internacionales firmados por México, como la Convención Americana de Derechos Humanos, establecen que la defensión de este derecho corresponde a cada Estado, sin que lo hayamos hecho aún, mencionó el ministro de la Suprema de Justicia de la Nación (SCJN), Sergio Valls Hernández, durante la presentación de su postura en torno a la acción de inconstitucionalidad 11/2009.

    Durante el debate referente a la inconstitucionalidad de la reforma al artículo 7 de la Constitución Política de Baja California que protege la vida desde la concepción, el ministro Valls Hernández, explicó que aún cuando nuestro sistema defendiera el derecho a la vida, "este no es absoluto y debe asociarse a los demás derechos y libertades".

    Añadió que la defensa de este derecho, no debe implicar acciones penales contra quienes no lo respeten, pues no puede aceptarse que el derecho a la vida goce de preeminencia sobre otros derechos. "Considerarlos así destruirá la naturaleza de los derechos fundamentales", aseguró, tras recordar los argumentos presentados en el pleno de la SCJN durante el debate de la acción de inconstitucionalidad 146/2007, donde se estableció la constitucionalidad de la despenalización del aborto en la Ciudad de México.

    "Los derechos no son absolutos, el derecho a la vida es relativo y debe ser armonizable con otro conjunto de derechos", explicó, al retomar las sentencias del Tribunal Supremo emitidas para el acto de inconstitucionalidad

    Así, Valls Hernández consideró que la reforma causa una colisión con los derechos de las mujeres, como el uso de métodos anticonceptivos, las prácticas de reproducción asistida o la toma de la píldora del día siguiente, ya que aseguró, es deber del Estado respetar y garantizar el derecho de las mujeres a decidir.

    Los derechos humanos pueden incorporarse, reconocerse o ampliarse en las constituciones de las entidades federativas, pero no pueden anular los demás derechos previstos en el ámbito federal, pues de ser así, "estaríamos ante un acto inconstitucional", señaló.

    "El derecho a la vida encuentra sus límites en los derechos sexuales y reproductivos", concluyó.

    Por su parte, el ministro José Ramón Cossío Díaz, indicó que el problema de la reforma realizada a la constitución bajacaliforniana es que clausura las posibilidades, prácticas o realizaciones de aborto o interrupciones del embarazo, da protección absoluta al producto de la concepción y limita el derecho de las mujeres, situación que impide "un diálogo entre estos dos derechos".

    Añadió que cuando se discutió la acción de inconstitucionalidad referente al aborto en la capital del país, se determinó que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) tenía competencias para reformar el Código Penal y la Ley de Salud locales, pero también se acordó que la ALDF no tenía obligación para criminalizar el aborto.

    Así, consideró que un legislador no puede generar disposiciones si se toma en cuenta la jerarquía normativa que rige a la federación.

    Al momento, siete ministros han fijado su postura, cinco a favor de la acción de inconstitucionalidad 11/2009, Fernando Franco, Olga Sánchez Cordero, José Ramón Cossío Díaz, Sergio Valls Hernández y Luis María Aguilar; y dos en contra, Sergio Aguirre Anguiano y Sergio Ortiz Mayagoitia.

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