Cae joven por autosecuestro en Guanajuato
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La joven de 19 años argumentó tener una deuda de 50 mil pesos, por lo que optó por simular un secuestro, en complicidad con su novio, para obtener el dinero de sus familiares
Una joven que simuló estar secuestrada con la complicidad de su novio, fue detenida por la Policía Ministerial en el municipio de Pénjamo cuando cobraba el dinero solicitado a sus familias por la supuesta liberación, informó el Procurador de Justicia del Estado, Carlos Zamarripa.
Ambar Jessica Becerra Arias, de 19 años de edad, protagonizó un "autosecuestro porque dijo que tiene una deuda de 50 mil pesos y esa cantidad le estaba pidiendo a sus propios familiares", detalló el fiscal.
El pasado martes a las 11:40 horas, la madre de la "víctima", Martha Arias Muñoz, se presentó en la agencia 1 del Ministerio Público a denunciar la desaparición de su hija Ambar Jessica, quien el lunes no llegó a dormir a su casa.
Declaró que a las 09:40 horas recibió una llamada de su hija a su celular, quien le pedía que la ayudara y posteriormente se cortó la comunicación, más tarde la tía de Jessica recibió otra llamada en la cual le ordenaban que entregara 50 mil pesos para que liberaran a su sobrina.
El pago por el rescate ocurrió a las 17:00 horas de ayer en el monumento a Hidalgo, ubicado en la comunidad de Corralejo, sobre la carretera Federal 90, "motivo por el cual la Policía Ministerial realizó un operativo y descubrió a Ambar Jessica en los momentos que recogía el dinero".
La mujer y su novio Mauricio Bribiesca Frías, de 30 años de edad, quien la acompañaba, fueron detenidos y puestos a disposición del fiscal sujetos a la averiguación previa 57/2010, aunque los padres de la joven no han presentado querella.
El artículo 175-b, del Código Penal del Estado establece una penalidad de cinco a diez años de prisión a quien simule un secuestro con la intención de obtener rescate, conseguir un beneficio de cualquier naturaleza, sin importar los medios empleados ni la condición simulada de secuestrador o secuestrado.
Sin embargo, establece que el hecho se seguirá por querella cuando se cometa entre cónyuges, concubinos, ascendiente y descendiente, adoptable y adoptado, tutor y pupilo, madrastra o padrastro e hijastro o bien entre hermanos.