Buscan evangélicos impugnar reforma que avala aborto en Oaxaca

Nacional
/ 27 septiembre 2019

Explican que los diputados debieron reformar primero la Constitución Política de la entidad, la cual establece en el artículo 12 la protección de las personas desde la fecundación

El asesor jurídico de la Confraternidad de Pastores Cristianos Evangélicos, Porfirio Flores, afirmó que los "errores" legislativos y jurídicos permitirán interponer amparos o impugnaciones contra las reformas al Código Penal de Oaxaca, que despenalizan el aborto en las 12 primeras semanas de gestación.

En entrevista con EL UNIVERSAL, explicó que los diputados locales debieron, jurídicamente o desde el derecho constitucional, reformar primero la Constitución Política de la entidad, la cual establece en el artículo 12 que el estado garantiza la protección de las personas desde la fecundación.

"Es como ponerse primero los zapatos y luego los calcetines (...) nos abre paso para interponer un amparo, porque en México la ley suprema es la Carta Magna y en Oaxaca la ley suprema es la Constitución del estado", indicó.

Consideró que el segundo error de los diputados locales en la sesión ordinaria del miércoles pasado, fue haber suspendido la sesión justo en el momento en que se votaría la reforma al artículo 12 constitucional, que sustentaría las reformas al Código Penal.

Ir contra derecho internacional

En contraste, el abogado Carlos Morales, presidente del Comité Directivo de Litigio Estratégico Indígena, señaló que esos argumentos carecerían de validez jurídica, ya que los amparos son recursos ciudadanos que se pueden interponer por un afectado directo, en este caso, por la despenalización del aborto, lo que no acontece con asociaciones civiles religiosas.

Además, en entrevista con este medio, explicó que  desde septiembre de 2013 el sistema de jerarquía de normas ya no existe en México, lo que quiere decir que la "ley más importante" será la que garantice mayores derechos, por lo que premiaría el reformado Código Penal de Oaxaca.

"La norma preponderante es la que prevé mayor derecho. Nadie puede impugnar la ley porque no le gusta (...) Es difícil que algún tribunal vaya a emitir una sentencia en contra del derecho internacional, que pide garantizar a  mujeres decidir sobre su cuerpo", dijo.

En todo caso, señaló el experto, se podría interponer un recurso de acción de inconstitucionalidad, pero este sólo podrían presentarlo las comisiones de Derechos Humanos, lo cual es poco probable, o 33% de los diputados locales, como un beneficio de minoría.

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