SCJN perfila invalidar Ley de Seguridad Interior
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Seis ministros señalaron que el Congreso de la Unión no tiene facultades para legislar en la materia
La Suprema Corte de Justicia de la Nación está a dos votos de invalidar en su totalidad la Ley de Seguridad Interior porque seis ministros señalaron que el Congreso de la Unión no tiene facultades para legislar en la materia y porque “encubre” una función de seguridad pública, lo que representa un “fraude” para la Constitución.
El ministro Eduardo Medina Mora advirtió que de no invalidarse, “podría perpetuarse el instintivo perverso, de que las autoridades civiles, es decir, no militares, se desatiendan del mandato constitucional y ético de cumplir con la obligación más básica, de dar certidumbre a los ciudadanos…”
Puntualizó que la fracción VI, del artículo 89 constitucional faculta al Ejecutivo federal para disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente, es decir, del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
“No obstante, esta condición no es suficiente en sí misma para considerar que el Poder Legislativo se encuentra constitucionalmente facultado para legislar sobre seguridad interior”, expresó.
Medina mencionó que existen atribuciones específicas de cada poder, que escapan a cualquier posibilidad de regulación del Poder Legislativo. El ministro reconoció la grave crisis que enfrenta el país en materia de seguridad, y que ha derivado en una debilidad institucional, misma que se viene arrastrando desde hace varios sexenios.
El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea aseveró que dicha ley es inconstitucional “porque encubre una función de seguridad pública”, ya que “se nombra como Ley de Seguridad Interior, pero realmente lo que hace es regular la seguridad pública cuando ésta está a cargo de las fuerzas armadas; es claramente un fraude a la Constitución en sentido técnico no retórico como un ilícito constitucional atípico”.
“¿Por qué? Porque se dice que se está regulando una materia cuando realmente se está regulando otra, partiendo de la base que no hay facultades para que las fuerza armadas, en principio, intervengan en seguridad pública; entonces, cambiamos el concepto y todo parece que está bien”, expresó Zaldívar.
El ministro reconoció el esfuerzo y trabajo que el Ejército y la Marina han venido realizando en bien del Estado. Indicó que esto es una llamada de atención para las fuerzas policiacas civiles del país, para que comiencen hacerse cargo de la seguridad pública del país.
Subrayó que la seguridad interior es una facultad exclusiva del presidente de la República.
Indicó que esto significa una llamada de atención para las fuerzas policiacas civiles del país, para que comiencen hacerse cargo de la seguridad pública en territorio nacional.
Durante la sesión, Zaldívar declaró que la posición que hoy defiende su homólogo José Ramón Cossío Díaz, quien se manifestó en contra del estatuto, “no fue siempre la que ahora defiende”, porque avaló durante años las función de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública.
Por su parte, el ministro Cossío señaló que la ley debe invalidarse porque el Congreso no tiene facultades para legislar en la materia.
Los ministros Norma Lucía Piña Hernández¸ Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek se pronunciaron en contra de la totalidad del proyecto.
Piña enfatizó que dicha ley está viciada de origen. “Se cometió una violación trascedente de los principios democráticos que rigen la deliberación parlamentaria y lo que es suficiente para invalidar en su totalidad el Decreto.
La discusión se reanudará el próximo jueves, donde cinco ministros, entre ellos el ponente Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien propuso avalar la ley, hablarán del tema, pero sólo hacen falta dos votos para invalidar y acabar la discusión.