Suspenden reaprehensión del empresario Carlos Ahumada
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Solicita la Fiscalía de la Ciudad de México la suspensión
CDMX.- La orden de recaptura de Carlos Ahumada Kurtz, por su presunta responsabilidad en el delito de defraudación fiscal, quedó suspendida a solicitud de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX).
La titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, María del Carmen Sánchez Cisneros, concedió esta suspensión provisional al empresario para que no sea detenido e informó que la orden de reaprehensión reanudad en octubre de 2019 quedó sin efecto desde el pasado 8 de junio.
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El empresario es señalado de fraude por presunto incumplimiento de obras públicas que empresas de su propiedad realizaron para el Gobierno del Distrito Federal.
El argentino solicitó a la juez de amparo que ordenara su traslado a territorio mexicano para ser puesto a su disposición, petición que le fue negada, toda vez que la juez Sánchez Cisneros señaló que el empresario cuenta con una suspensión provisional para que no sea detenido y no cuenta con la competencia legal para intervenir en el proceso de extradición que se lleva a cabo en Argentina.
“No hay lugar a acordar de conformidad su petición, de que se ordene que el directo quejoso sea trasladado a territorio mexicano a fin de que sea puesto a disposición de este órgano de control constitucional”, señañó.
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“Sin embargo, aun y cuando la medida cautelar decretada se otorgó para que el quejoso no fuera detenido y quedara a disposición de este órgano Federal en cuanto a su libertad personal se refería; no debe perderse de vista que ello es únicamente en relación con la orden de reaprehensión reclamada, la cual, fue librada el veinte de octubre de dos mil nueve”, señaló.
“Empero, en el caso, lo que se pretende es que este Juzgado intervenga en el procedimiento de extradición a que alude el amparista y el cual se está llevando en Buenos Aires, Argentina; sin embargo, dicha autoridad internacional, no es parte en esta incidencia, por lo que no existe competencia legal para compeler a una autoridad ajena al territorio mexicano, a que acate una suspensión de amparo. Además, el procedimiento de extradición instaurado en ese país, aun y cuando -sin conceder-, pudiera tener como objeto dar cumplimiento a la orden de reaprehensión dictada en contra del quejoso, es una información que hasta el momento no está corroborada”, indicó la jueza.