El derecho a la ciudad: un compromiso compartido
En las ciudades sobresalen, entre sus características, lo urbano y la población, así como que deben ser espacios para convivir. Hoy en día un derecho de fuente internacional, calificado como derecho a la ciudad, combina el reconocimiento de la vida en las ciudades, la necesidad de protección de las personas y la aspiración de vivir y convivir en las urbes.
Como un primer punto, cabe recordar que a partir de los conocidos elementos materiales que conforman las ciudades –como edificios, viviendas, calles, avenidas, oficinas, comercios– es en los mismos donde se desarrolla la vida de las personas.
El número de habitantes de las ciudades es algo muy variable, ya sea en un mismo país o una misma región. De modo que hay ciudades con poca población y otras con mucha, pasando por las de población media y también ciudades superpobladas.
Los problemas de las ciudades son una de las grandes preocupaciones de los líderes mundiales, los gobernantes de los países y la ciudadanía en general. Nueva Delhi, Shanghái y Tokio, por ejemplo, en Asia, son ciudades superpobladas. Otras cuestiones son la densidad o la falta de agua en algunas ciudades del planeta. Y en general la sostenibilidad, el cambio climático y el medio ambiente ameritan la mayor atención.
No hay que olvidar en este tema la paradoja de otras ciudades despobladas. Por lo general, ciudades pequeñas, pero que se han quedado sin habitantes. Este fenómeno sobre todo ocurre en algunos países de Europa, como España, Francia e Italia.
Como un segundo rasgo, debemos señalar que las ciudades son centros para el trabajo, salud, educación, recreación, deporte, entre otras cosas. De allí que en ellas se ejercen y realizan distintos derechos humanos.
Durante los últimos 20 años se han dictado, a nivel global, varios instrumentos para ordenar el funcionamiento de las ciudades. Entre ellos consideramos apropiado citar la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad. Una de las premisas o de los aspectos que inspiró esta Carta es el siguiente: “El modo de vida urbano influye sobre el modo en que establecemos vínculos con nuestros semejantes y con el territorio”.
La Carta Mundial en referencia contempla un derecho a la ciudad. Se trata de un derecho que engloba otros derechos. En términos teóricos, desde el derecho de los derechos humanos, es un derecho compuesto o complejo. Esto quiere decir, como ya vamos a ver, que está formado por otros derechos.
Así, la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad establece el
derecho a la ciudad a favor de todas las personas y sin discriminaciones basadas en género, edad, nacionalidad y orientación política, religiosa o sexual (artículo I.1). Dicha facultad corresponde a todos los habitantes de las ciudades, en especial a los grupos vulnerables, así como guarda relación con los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales (artículo I.2).
De manera particular,
este derecho a la ciudad comprende lo siguiente: el derecho al trabajo en condiciones equitativas, seguridad social, salud pública, agua potable, energía eléctrica, transporte público, educación pública de calidad, cultura, información, participación política, reunión y manifestación y convivencia pacífica (artículo I.2).
Una de las cuestiones más difíciles en esta materia es hacer realidad el derecho a la ciudad y preservarlo en el tiempo. Las infracciones pueden suceder y pueden provenir de distintos actores. Por ejemplo: con relación al agua potable, el transporte público, la educación de calidad o el acceso a la información pública. Sin embargo, superar esas transgresiones y que el derecho que tratamos sea algo cotidiano o esté vivo es un reto.
Así, a propósito del Día Mundial de las Ciudades, que se celebra este próximo 31 de octubre por decisión de la Asamblea General de la ONU, consideramos apropiado destacar la existencia del derecho a la ciudad y las implicaciones de este. Bajo el lema “Mejor ciudad, mejor vida”, e igualmente con el propósito de sensibilizar sobre la temática, esta declaratoria intenta promover el interés en la urbanización, reflexionar sobre los principales problemas de
las ciudades y contribuir al desarrollo urbano sostenible en todo el mundo.
En nuestra opinión, las autoridades de los Estados y los representantes de los organismos internacionales, a través de sus políticas, son los principales llamados a hacer efectivo este derecho a la ciudad. Si bien, aunado a ellos, los representantes de instituciones, sociedades, asociaciones privadas, organizaciones no gubernamentales y ciudadanía en general, también tienen un compromiso, un compromiso compartido, pues deben exigir este derecho y en sus respectivos ámbitos preservar el mismo. Así que este próximo Día Mundial de las Ciudades sirva para recordar nuestros derechos y nuestros deberes en el plano urbano, con miras a tener en México y en el continente mejores ciudades.
@jrbelandria
El autor es Investigador
del Centro de Derechos Civiles
y Políticos de la Academia Interamericana de Derechos Humanos
Este texto es parte
del proyecto de Derechos
Humanos de VANGUARDIA
y la Academia IDH