Nuevas normas antitabaco, ¿benefician o ‘perjudican’?
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Por regla general, la modificación de una norma jurídica implica “mover” la frontera de una conducta, ya para ensancharla, ya para reducirla. Cuando ocurre lo primero ello suele ser motivo de celebración -al menos por aquella parte de la comunidad que reclamaba una libertad- y cuando se actualiza la segunda hipótesis lo más probable es que surjan reclamos.
Esto último es así, porque cuando una norma jurídica es modificada para reducir el espacio de libertad de los individuos eso se traduce, en los hechos, en la necesidad de renunciar a algo que nos proporcionaba placer o constituía una oportunidad de negocios.
Lo que estamos observando en el caso de las nuevas disposiciones -promulgadas en diciembre pasado- relativas a las áreas donde está permitido fumar y aquellas en las cuales debe garantizarse la inexistencia de humo producido por la combustión de tabaco, es una mezcla de ambas cosas.
Por un lado, estamos ante reglas que son celebradas por las personas que no fuman, pues imponen obligaciones a múltiples individuos para asegurar que los no fumadores no sean obligados a convertirse en practicantes pasivos de dicha actividad.
Por el otro, quienes administran locales comerciales a los cuales, al menos en parte, su clientela acude a partir de la existencia de áreas donde está permitido fumar, resienten las modificaciones pues podrían dejar de recibir a esos clientes porque, con las nuevas reglas, resulta prácticamente imposible establecer un área para fumadores.
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Quienes resienten la ausencia de clientes debido a las nuevas reglas tienen derecho, desde luego, a recurrir a las herramientas jurídicas a su alcance para controvertir aquellas porciones de la norma que consideren afectan sus derechos. En tanto se resuelve la controversia, sin embargo, están obligados al cumplimiento de la regla.
Por otro lado, resulta conveniente para todos analizar las consecuencias del tema desde una perspectiva más amplia: se trata de un asunto de salud pública que tienen repercusiones -directas e indirectas- para todos, pues el tratamiento de las enfermedades asociadas al consumo de tabaco tiene un impacto fuerte en el sistema de salud que todos financiamos a través del pago de impuestos.
Reducir ese impacto es algo que debe interesarnos a todos y una forma de lograrlo es mediante el establecimiento de medidas que desincentiven el consumo del tabaco entre las personas que ya fuman, pero de manera particular entre quienes no lo hacen.
Dado que se trata de un asunto de interés colectivo, todos tendríamos que estar interesados en que las medidas decretadas se implementen y, sobre todo, que se demuestre su eficacia con datos duros.
En ese proceso, la autoridad puede establecer de facto un “período de gracia” durante el cual no imponga sanciones a los establecimientos comerciales donde se incumplan las reglas, a fin de permitir una adaptación paulatina a la nueva realidad normativa.