“Se trata de una reclamación a un particular cuyo producto principal es el motor de búsqueda de contenido en internet, que con el actuar señalado por la accionante, en el sentido de denominar al Golfo de México, también como Golfo de América, dependiendo de la región geográfica de donde se realice la búsqueda, no se traduce en un detrimento a los bienes de la nación, como lo es, el territorio continental, insular, mar territorial y/o zona económica exclusiva, puesto que únicamente se trata de una variante unilateral de información que no despoja al estado en sus bienes”, explicó el juez.