Cárcel a quien contagie COVID-19 de forma dolosa en Coahuila
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El que infecte a otro con conocimiento de causa podría pasar preso tres años
La reformas al artículo 216 del Código Penal en Coahuila impone hasta tres años de prisión y multa hasta de 49 mil 288 pesos, a quien con conocimiento de que padece algún mal grave y transmisible, como el COVID-19, ponga a otro en peligro de contagio.
De esta manera, las personas contagiadas de COVID-19, que rompan de manera dolosa el aislamiento con el fin de esparcir la enfermedad, serán acreedores a una sanción.
Lo anterior con el fin de resguardar a la población que pueda quedar expuesta al contagio, derivado de la inmadurez de una persona que se sabe sabedora que porta el virus y no se resguarda como corresponde.
LOS CASTIGOS
Esto porque hay quienes no se aíslan como lo estipulan las autoridades de salud de los tres niveles de gobierno, y al contrario salen a las calles a realizar compras o para hacer actividades recreativas, poniendo en riesgo la salud de las demás personas, aseguró el diputado Edgar Gerardo Sánchez.
El legislador independiente señaló que dicha propuesta salvaguarda la salud de los ciudadanos dentro de su artículo 216 denominado Peligro de Contagio, estableciendo sanciones de un periodo de entre tres meses a tres años de prisión y de cien a cuatrocientas unidades de medida como multa.
Agregando que si el sujeto pasivo es menor de dieciocho años o mayor de 60 años, la pena máxima de prisión se incrementará a 5 años además de la multa.
EL DATO
El Código Penal español castiga con pena de multa o prisión tanto los contagios donde se aprecie dolo como los que ocurren por negligencia del transmisor del virus o de la administración
Andalucía impone multas de hasta 600 mil euros por provocar contagios masivos de coronavirus.