Cinco de cada 10 procesados, con acusaciones por delitos de drogas; la mayoría son jóvenes
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Hay “un aumento en la persecución de delitos en materia de narcóticos", y la mayoría de los detenidos son jóvenes de baja escolaridad, indica un estudio
Cinco de cada 10 procesados que se encuentran en las diferentes cárceles del país, enfrentan delitos relacionados con drogas. El mayor aumento de detenciones por este motivo se registró de 2009 a 2011, y son sobre todo jóvenes con poca escolaridad y de situación económica precaria.
Para combatir este delito, el sistema de justicia utiliza la prisión preventiva, que significa el aspecto “más punitivo de la política de control de drogas”.
Por ello, 9 de cada 10 personas acusadas de cometer delitos de narcóticos del fuero federal reciben auto de formal prisión; es decir, enfrentan sus juicios en reclusión.
De acuerdo con datos del reporte “Prohibición de drogas y combate frontal al narcotráfico”, realizado por el Instituto Belisario Domínguez del Senado, entre 2009 y 2010 aumentó 36% el número de procesados por narcotráfico en el país, al pasar de 18 mil 179 a 24 mil 825 personas.
El 10% restante sale libre, ya sea por falta de elementos para procesar, por sobreseimiento de sus casos (son desechados) o por dictarse su libertad absoluta, refiere el estudio.
De acuerdo con las Estadísticas Judiciales en Materia Penal del INEGI de 2016, 52% de los procesados fueron acusados por delitos de narcóticos.
Le siguen ilícitos cometidos con armas (28%), defraudación fiscal (4%), y otros delitos como organización delictiva, robo, contra la ecología y medio ambiente.
La información revela “un aumento en la persecución de delitos en materia de narcóticos (cualquier delito de drogas, no necesariamente narcotráfico)”, advierte el estudio realizado por el investigador Carlos Galindo.
La “persecución” es contra un segmento específico: jóvenes, con baja escolaridad y ocupaciones precarias. Esto, según académicos y activistas, indica que “la política de drogas afecta de sobremanera a jo?venes ya de por si? marginalizados”.
Los números son claros: en 2012 ingresaron casi 19 mil personas, de entre las cuales, una de cada tres fue un hombre de 18 a 25 años de edad (casi 6 mil jóvenes varones; si se consideran hombres de 18 a 30 años suman casi 10 mil y representan 53% del total).
Estos jóvenes tienen un nivel educativo muy bajo: uno de cada tres aprobó únicamente algún grado de primaria. En general, 8 de cada 10 no entraron al bachillerato. Con respecto a su situación laboral, 9 de cada 10 afirmaron tener algún trabajo (cerca de 17 mil en 2012). De entre ellos, 30% eran obreros o artesanos (más de 5 mil en 2012), 13% eran comerciantes (2 mil) y 10% eran trabajadores agropecuarios (casi otros 2 mil), según datos del INEGI.
Los datos disponibles no desagregan las conductas específicas por las que fueron detenidos (cultivo, posesión o transporte de drogas), no por una negativa gubernamental, sino porque la forma como se tipificaron los delitos dificulta la clasificación de cifras desagregadas.
Lo que sí se sabe es que sólo 4 de cada 10 personas que ingresan a prisión preventiva por delitos de narcóticos del fuero federal están acusadas de cometer delitos graves, y a 60% se les acusa de delitos no graves.
El 95% de los casos, los imputados fueron declarados como culpables en las sentencias. Y prácticamente todos son condenados a prisión. En números absolutos, cerca de 20 mil personas son sentenciadas y condenadas a prisión anualmente por delitos de narcóticos.
Los datos podrían sugerir que se esta? apresando un número elevado de peligrosos narcotraficantes (por ser delitos del fuero federal), pero no es así, toda vez que sólo 4 de cada 10 procesados son acusados de delitos graves.
Penalización
El estudio analiza la legislación mexicana respecto a los delitos relacionados con narcóticos, y concluye que “todas las actividades relacionadas con el consumo de narcóticos en México se han criminalizado”, es decir, se han tipificado como delitos penales.
Aunque la legislación contempla la excepción de no penalizar el delito de posesión de drogas cuando las cantidades que se porten no excedan lo estipulado en la tabla de dosis máximas de consumo personal establecidos en el artículo 479 de la Ley General de Salud, la persona sí puede ser llevada, (y en la práctica así ocurre) a una agencia del Ministerio Público donde se registra su detención y el no ejercicio de la acción penal.
Otro aspecto es la criminalización de los campesinos que cultivan amapola, cannabis o peyote pues todas las sanciones establecidas incluyen penas de prisión. El reporte refiere que el encarcelamiento interfiere con la implementación de programas alternativos de desarrollo y profundiza situaciones de pobreza de esa población.
Aún cuando los campesinos imputados tengan escasa educación formal y vivan en extrema pobreza, el Código Penal Federal les impone una sanción de uno a seis años de prisión.