Colegio del Grupo Salinas tendrá actividades presenciales, ganó amparo

Nacional
/ 16 noviembre 2020

Ubicado en las Lomas de Chapultepec, el Colegio Humanitree opera lo que denominó “Centro Comunitario de Aprendizaje”, al que pueden asistir de forma presencial los alumnos que cuenten con el consentimiento de sus padres

En medio de la emergencia sanitaria por la Covid-19, el Colegio Humanitree, ubicado en las Lomas de Chapultepec, opera en sus instalaciones lo que denominó “Centro Comunitario de Aprendizaje”, al que pueden asistir de forma presencial los alumnos que cuenten con el consentimiento voluntario de sus padres para “recibir apoyo y mejores herramientas para el aprendizaje”. 

Lo anterior, luego de que la institución, propiedad del empresario Ricardo Salinas Pliego, obtuvo un amparo en contra de las disposiciones de las secretarías de Salud (Ssa) y Educación Pública para mantener cerradas las escuelas en el contexto de la pandemia de Covid-19. Fuentes de la Secretaría de Educación Pública (SEP) señalaron que en el plantel se ofrece asesoría pedagógica y acceso a los equipos de cómputo. 

En un comunicado, la Autoridad Educativa Federal de la Ciudad de México (AEFCM) detalló que el citado colegio solicitó la apertura del plantel desde el pasado 31 de agosto, lo que fue negado en un oficio emitido el pasado 17 de septiembre, donde se solicitó al centro escolar que “se abstuviera de realizar cualquier actividad presencial” en sus instalaciones, debido a las disposiciones sanitarias. 

El pasado 20 de octubre, la AEFCM realizó una inspección en el plantel, donde “se acreditó que no había clases presenciales”. Sin embargo el Colegio Humanitree se inconformó e interpuso un juicio de Amparo ante el Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de Mexico, el cual admitió la demanda de amparo, por lo que se otorgó la suspensión de los actos reclamados.

La dependencia federal detalló que se analizan las características del amparo para actuar en consecuencia, además de que se verificará el “cumplimiento de la escuela con las medidas sanitarias expedidas por la autoridad competente, así como otras disposiciones legales aplicables”.

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