Darán cárcel a quien cobre de manera ilegal
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4 años de prisión y multa de 50 mil a 300 mil pesos a quien abuse o intimide al cobrar.
CIUDAD DE MÉXICO.- A partir de hoy, cobrar deudas por medio de la violencia y la intimidación en México, se sancionará con multa económica y cárcel.
Este jueves fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la adición al artículo 284 Bis del Código Penal Federal en material de Amenazas y Cobranza Extrajudicial en la que se contempla que:
Se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de 50 mil a 300 mil pesos a quien lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal, se informó.
La cobranza extrajudicial ilegal ha sido definida como el uso de la violencia o la intimidación ilícitos, personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda incluyendo créditos o financiamientos que hayan sido otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad.
Si utiliza además en esta cobranza extrajudicial ilegal documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económica aumentarán un 50%.
Si él o los cobradores incurren en usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalado en el Código Penal Federal.