Darán cárcel a quien cobre de manera ilegal

Nacional
/ 22 junio 2017

4 años de prisión y multa de 50 mil a 300 mil pesos a quien abuse o intimide al cobrar.

CIUDAD DE MÉXICO.- A partir de hoy, cobrar deudas por medio de la violencia y la intimidación en México, se sancionará con multa económica y cárcel.

Este jueves fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la adición al artículo 284 Bis del Código Penal Federal en material de Amenazas y Cobranza Extrajudicial en la que se contempla que:

Se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de 50 mil a 300 mil pesos a quien lleve a cabo la actividad de cobranza extrajudicial ilegal, se informó.

La cobranza extrajudicial ilegal ha sido definida como el uso de la violencia o la intimidación ilícitos, personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de una deuda incluyendo créditos o financiamientos que hayan sido otorgados originalmente por personas dedicadas habitual y profesionalmente a esta actividad.

Si utiliza además en esta cobranza extrajudicial ilegal documentos o sellos falsos, la pena y la sanción económica aumentarán un 50%.

Si él o los cobradores incurren en usurpación de funciones o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos señalado en el Código Penal Federal. 

Excélsior es el segundo periódico más antiguo de la Ciudad de México, después de El Universal. Fue fundado por Rafael Alducin y su primer número circuló el 18 de marzo de 1917.

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