Multas por violar cuarentena en Coahuila; Estado regulará movilidad y obligará uso de cubrebocas

Coahuila
/ 24 abril 2020

Gobierno del Estado emite dos decretos por la contingencia; se refuerza la instalación de filtros sanitarios por toda la entidad y habrá multas

A partir de este sábado podrán aplicarse multas para quienes no acaten las disposiciones establecidas en dos decretos  publicados por el Gobierno del Estado como parte de las medidas de seguridad en medio de la contingencia sanitaria.  

La administración que encabeza Miguel Riquelme informó que en estos decretos se considera el uso obligatorio del cubrebocas en la vía pública, además de establecer una regulación para la movilidad de las personas.

En uno de los decretos se señala que el cubrebocas se deberá utilizar en la vía y espacios públicos, centros comerciales así como para los operadores y pasajeros del transporte público, y choferes del servicio de carga e incluso para automovilistas particulares. Además, los servidores públicos en funciones deberán utilizarlo.

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En caso de que no se acate esta disposición, se podrán establecer sanciones, según lo establecido en el Título Décimo Quinto de la Ley Estatal de Salud. Asimismo, en el otro decreto se establecen las disposiciones para la movilidad de las personas en medio de la contingencia sanitaria.

Por ello, se consderó la ubicación de filtros sanitarios y la regulación del tránsito de personas, tanto en vías interiores de los 38 municipios como en carreteras estatales y aquellas que rodean a la entidad.

En estos puntos de revisión participarán trabajadores del Sector Salud, así como fuerzas de seguridad. En estos filtros se tomará la temperatura y se checará a las personas.

Sólo estará permitida la movilidad de las personas que lleven a cabo una actividad esencial, según los estándares que ha definido la Secretaría de Salud federal.

 

También podrán moverse personas que acudan a instituciones de salud, desempeñen labores relacionadas con la defensa de los derechos humanos; periodistas; sindicatos y servicios relacionados con la asistencia social o por situaciones de emergencia o las consideradas como especiales.

En caso de que no acaten esta disposición, las autoridades podrán aplicar un apercibimiento o una multa considerando el Título Décimo Quinto de la Ley Estatal de Salud y el Capítulo Décimo Tercero de la Ley de Protección Civil para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

Fuentes estatales afirmaron que está por definirse el monto de las multas, ya que en el artículo 282 de la Ley Estatal de Salud se considera que las sanciones no previstas se definirán por las autoridades. En ese artículo se establece que el tope máximo podría ser de hasta 10 mil salarios mínimos.

¿Qué consideran las nuevas medidas?

Estas son las dos acciones que se endurecen por parte de las autoridades estatales:

❙ El uso de cubrebocas será obligatorio, en caso de no portarlo, la persona podría ser sancionada.

❙ La movilidad será limitada para actividades esenciales, especiales y emergencias. En caso de no hacerlo por éstas, la persona podría ser apercibida o multada.

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