En 2013 y 2014, nueve empresas de Coahuila no entregaron aguinaldo

Dinero
/ 13 diciembre 2015

El domingo 20 de diciembre es el último día que tienen los patrones para entregar la prestación

Saltillo, Coahuila. La fecha límite para el pago de aguinaldo se acerca, pues el próximo domingo 20 de diciembre es el último día que tienen los patrones para pagar la prestación marcada por la Ley Federal del Trabajo. 

Pese a que la obligatoriedad marcada por las leyes, en 2013 y 2014, nueve empresas incumplieron con el pago de este beneficio en Coahuila. 

De acuerdo con datos proporcionados por Ricardo Eduardo Fraustro Ruiz, titular de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en 2013 acudieron después de la fecha límite del pago de aguinaldo 10 trabajadores que laboraban en seis diferentes empresas. Mientras que en el 2014 fueron nueve los empleados que representaban a tres compañías. 

De un año a otro ninguna empresa repitió como incumplida en el pago de la prestación, y tampoco existen empresas que enfrenten demandas en su contra por este tema. 

De acuerdo con el artículo 87 de Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario, por lo menos, y este podrá determinarse de forma proporcional cuando el trabajador no haya laborado durante todo el año, el cual deberá pagarse antes del 20 de diciembre.

Aun y cuando dicha Ley señala el mínimo de aguinaldo que debe pagarse, los patrones pueden pagar un importe mayor de aguinaldo, por lo que es recomendable que esto quede señalando en el contrato individual o colectivo de trabajo, manual de políticas o planes de prestaciones a los trabajadores. 

¿SI NO PAGAN?

En estos casos lo recomendable es acudir a las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para que se le brinde una asesoría relacionada a cuánto económicamente le corresponde. 
El trabajador recibe una asesoría, se calcula la cantidad de aguinaldo correspondiente, se genera una cita entre el trabajador y la empresa en la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, y se procura llegar a un arreglo entre ambas partes y dar por concluido el asunto. 

De no ser así, se puede presentar una demanda por el pago de aguinaldo; sin embargo la relación laboral sigue, pues eso es independiente a otras prestaciones porque no lo han despedido. 
Los horarios de atención en la Procuraduría son de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, de lunes a viernes. La línea directa es 4-18-15-94. 

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