Hacienda respalda a Clouthier por polémica condonación de multas a empresa de Epigmenio Ibarra
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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público explicó a través de un comunicado la condonación de multas a la productora Agros Televisión
La diputada federal, Tatiana Clouthier calificó de falsa la condonación de impuestos a la empresa de Epigmenio Ibarra, Agros Televisión S.A. de C.V. por más de 3 millones de pesos, ya que aseguró no existe facultad para dicha acción.
De acuerdo con el Sistema de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicó en el listado 'Condonados de Multas (Artículo 74 del Código Fiscal de la Federación)', el pasado 16 de marzo de 2019 le fue condonada la cantidad de 3 millones 702 mil 757 pesos.
Ante la polémica, la SHCP a través de su cuenta de Twitter publicó un comunicado en el que aclaró que el importe superior a los tres millones de pesos por multas que tenía a su cargo, se disminuyó el 26 de noviembre de 2018 y que "de acuerdo con la ley, los datos del contribuyente fueron publicados junto con otros 12 mil 326 contribuyentes en la página de internet del SAT el 16 de marzo de 2019, ya que dicha información debe hacerse pública", señala el comunicado.
"El SAT debe, y así lo hace, dar trámite a las solicitudes de disminución de multas que cumplan los requisitos establecidos, sin distinguir quien sea el promovente y así atender las disposiciones que dicta la legislación fiscal", termina el comunicado.
En contexto
La Comisión Permanente recibió la iniciativa de decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador que reforma la Constitución con el fin de prohibir las condonaciones y exenciones de impuestos en el país.
De acuerdo con el gobierno federal, en los dos últimos dos sexenios se condonaron 400 mil 902 millones de pesos a sólo 153 mil 530 contribuyentes, por eso la reforma modifica el primer párrafo del artículo 28 de la Carta Magna.
“En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos monopolios, prácticas monopólicas, estancos, condonaciones de impuestos y exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes, así como las prohibiciones a título de protección de la industria”, se precisa
Actualmente, el artículo 39, fracción I del Código Fiscal de la Federación confiere al Presidente la facultad de condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo diferido o en parcialidades.
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