Obligados organismos operadores de agua de Coahuila a realizar reconexiones en menos de 24 horas
COMPARTIR
TEMAS
Las reconexiones del servicio de agua para personas que cubran sus adeudos de meses vencidos, tendrán que realizarse en un plazo máximo de 24 horas, además de que la contratación del servicio deberá de darse de manera expedita
Las reconexiones del servicio de agua para personas que cubran sus adeudos de meses vencidos, tendrán que realizarse en un plazo máximo de 24 horas, además de que la contratación del servicio deberá de darse de manera expedita.
El Congreso del Estado aprobó ayer una reforma al artículo 3 de la Ley de Aguas para los Municipios del Estado, con el objetivo de clarificar la parte en la que señala que el servicio doméstico de agua para consumo humano es prioritario para los habitantes de Coahuila.
“La capacidad de respuesta de los organismos operadores de la entidad, si bien tiende a mejorar, sigue siendo insuficiente ante las crecientes necesidades de la población, por lo que están obligados a mejorar sus servicios, sobre todo en el mantenimiento de las redes, atención en ventanilla, tandeos y trabajo de las cuadrillas que visitan los domicilios para restablecer el servicio”, señala la iniciativa de la que surgió el dictamen aprobado.
Con la reforma, se estipula que la contratación del servicio de agua para consumo humano será expedita, tanto en el mantenimiento como en las reparaciones al sistema de distribución, mientras que los trabajos de conexión y reconexión deberán de realizarse con rapidez.
“Los trabajos de conexión y reconexión domiciliaria se procurará realizarlos dentro de las 24 horas siguientes al momento de la contratación del servicio o de que el usuario con adeudos atrasados se regularice en el pago del suministro”, estipulará el contenido tras la aprobación del dictamen.
La comisión dictaminadora de la iniciativa coincidió en su necesidad, debido a que en verano arrecian los reclamos por parte de los usuarios de los organismos operadores del agua, en cuanto a que no se respetan los tandeos, o bien, que, en virtud del desproporcionado aumento en los niveles de consumo, se vuelven insuficientes los volúmenes con que se abastece a la población.
“Es preciso que los organismos operadores de agua potable de los municipios de la entidad tomen mayor conciencia sobre su delicada responsabilidad de abastecer de manera oportuna y eficiente a la población, en apego a lo que al respecto establecen la Constitución, tanto federal como estatal, y diversos ordenamientos locales en la materia”, concluyó la comisión.