SCJN suspende Ley de Salarios para trabajadores del Banco de México

Nacional
/ 8 enero 2019

La suspensión beneficiará temporalmente a los trabajadores de Banxico, ya que sus empleados podrán ganar 108 mil pesos más el 50 por ciento, como establece el artículo 127 constitucional

Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite las controversias constitucionales que interpusieron el Banco de México y la Comisión Federal de Competencia Económica contra la Ley Federal de Remuneraciones de Servidores Públicos, y concedió a la suspensión para que no se aplique dicho estatuto al primero de los organismos autónomos.

La suspensión beneficiará temporalmente a los trabajadores de Banxico, ya que por tratarse de un organismo autónomo especializado, sus empleados podrán ganar 108 mil pesos más el 50 por ciento, como establece el artículo 127 constitucional.

Los recursos que reciben los empleados de Banxico no provienen del erario federal, sino del propio Banco Centra que es autosustentable.

El ministro ponente dio un plazo de 30 días hábiles, a las cámaras de Diputados y de Senadores, así como al titular del Poder Ejecutivo para que rindan sus informes justificados sobre el tema.

La ley impugnada establece que nadie puede ganar más de 108 mil pesos mensuales, que es el tope salarial de que lo que ganará el Presidente de la República.

Pérez Dayán también ordenó dar vista a la Fiscalía General de la República para que, hasta antes de la celebración de la audiencia de ley, manifieste lo que a su representación corresponda.

La Junta de Gobierno del Banxico ajustó los tabuladores de las remuneraciones correspondientes a los servidores públicos del Instituto Central para 2019, en atención a los límites señalados para la remuneración del Presidente de la República establecida en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente ejercicio.

No obstante, algunos servidores públicos del instituto central y del Sindicato Único de Trabajadores del Banco de México promovieron amparos respecto a la aplicación de diversas disposiciones de dicha ley, así como sobre ciertos efectos del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2019. 

“El objeto de la promoción de dicho medio de control constitucional es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación establezca y delimite el ámbito de aplicación de las normas y actos mencionados, en relación con la autonomía que la propia Constitución Política reconoce y confiere, de manera expresa, al Banco de México”, señaló Banxico.

 

Por su parte, la Comisión Federal de Competencia Económica, organismo que no pidió la suspensión, manifestó que dicha ley genera incertidumbre y carece de fundamentos sobre cómo regular los sueldos de los funcionarios.

“En este marco permanente de austeridad institucional, la Cofece decidió, en su última sesión de 2018, presentar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional contra la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos; porque adolece de definiciones que generan incertidumbre sobre cómo deben regularse las remuneraciones de los servidores públicos de la Comisión, en su calidad de órgano constitucional autónomo con especialización técnica determinada en el artículo 28 constitucional”, apuntó.

COMENTARIOS

Selección de los editores