Senadora pide quitar un año credencial de elector a quien no vote

Nacional
/ 22 septiembre 2016

Sandra Luz García Guajardo planteó como estrategia para contrarrestar el abstencionismo, la suspensión de la credencial para votar por un año

A fin de contrarrestar el abstencionismo, legitimar el acceso al poder público y hacer efectiva la suspensión de derechos y prerrogativas, la senadora Sandra Luz García Guajardo propuso sancionar a los ciudadanos que no emitan su voto.

En tribuna, la legisladora panista expuso que en México el voto obligatorio está regulado constitucionalmente, aunque carece de los mecanismos legales o procedimientos para aplicar sanciones, sobre todo como una medida para abatir el abstencionismo.

Por ello, la iniciativa para reformar artículos 447 y 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, considera la no emisión del voto como una infracción de los ciudadanos, dirigentes y afiliados a partidos políticos.

La sanción que prevé es “la suspensión de la credencial para votar como documento de identificación oficial por un periodo de un año. En caso de reincidencia en el incumplimiento de esta obligación la suspensión será por el doble del tiempo”.

Asimismo, incluye causales de excepción, pues no serán sancionadas las personas que no pudieron votar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada; las mayores de 70 años de edad; y quienes se hubieran ausentado de territorio nacional, acreditando el hecho por cualquier medio probatorio aceptado por la autoridad competente.

La iniciativa precisa que “los ciudadanos que no hubieran podido sufragar por causa justificada deberán presentarse ante la autoridad competente en un término no mayor a 30 días después de la elección, con las pruebas que acrediten su impedimento. Vencido este término no se admitirá justificación alguna”.

La senadora aseguró que solo con un mayor número de votantes se podrá obtener la legitimidad y consenso que requieren los actores políticos y gobernantes para convalidar sus acciones.

Detalló que en Argentina se aplica una multa que va de dos a 20 pesos mexicanos, y la persona no puede ser designada para desempeñar empleos públicos por tres años; en Bolivia se aplica una multa de 416 pesos mexicanos y en caso de incumplimiento del pago, éste se convierte en arresto.

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