Buscan evitar venta indiscriminada de fuegos pirotécnicos en Coahuila
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“La venta indiscriminada de pirotecnia genera muertes y docenas de lesionados”, advierten diputadas
La Subsecretaría de Protección Civil del Gobierno del Estado y los 38 ayuntamientos deben implementar medidas para impedir la venta indiscriminada de cuetes, plantearon las diputadas Natalia Virgil Orona y Mayra Valdés González, del PAN.
“La venta indiscriminada de pirotecnia genera muertes y docenas de lesionados cada año en México, especialmente durante las festividades patronales, religiosas, Navidad y Año Nuevo”, indicaron.
Los accidentes fatales ocurren por almacenaje inseguro de grandes cantidades del producto y falta de conocimiento, prevención y cuidado de los compradores al manipularlos.
Explicaron que, de acuerdo con la Ley de Protección Civil de Coahuila, corresponde a la Subsecretaría verificar que las personas físicas o morales dedicadas a la fabricación, comercio o transporte de artilugios de pirotecnia cuenten con los permisos y autorizaciones establecidos en las leyes y reglamentos.
También debe revisar las medidas de seguridad y de protección civil necesarias para realizar sus actividades y, en su caso, aplicar las medidas preventivas o sanciones que se consideren adecuadas.
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A los ayuntamientos les corresponde supervisar y evaluar si los comerciantes, industriales y vendedores al menudeo y mayoreo de artilugios de pirotecnia cuentan con los permisos y autorizaciones establecidos en leyes y reglamentos y si implementan las medidas de seguridad y protección civil para el manejo y almacenamiento de estos productos.
De ser el caso, deben aplicar sanciones, aseguramiento de mercancía y clausuras de acuerdo con la gravedad de la infracción.
Señalaron que el control y vigilancia de las sustancias y materiales explosivos es atribución exclusiva de la Secretaría de la Defensa Nacional, que emite los permisos específicos, de acuerdo con el Artículo 37 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
En tanto, el Artículo 39 refiere que se requerirá la conformidad de las autoridades locales y municipales del lugar, respecto a la seguridad y ubicación de los establecimientos, mientras que el 87 sanciona con un mes a dos años de prisión y con dos a 100 días multa a quienes enajenen explosivos, artificios o substancias químicas sin permiso.
“Queda claro que la autorización de los permisos para vender y comercializar pirotecnia los otorga la Sedena; las autoridades estatales y municipales de protección civil poseen la atribución de revisar que los vendedores cuenten con los permisos, observar las medidas de seguridad y no vendan pirotecnia prohibida por su contenido (cantidad) de pólvora a los ciudadanos”, refirieron.