Coahuila aprueba minuta sobre nacionalidad única para gobernadores y Presidencia
COMPARTIR
La reforma establece que quienes aspiren a la Presidencia o a una gubernatura no tengan ni adquieran otra nacionalidad; aplicará a partir del proceso electoral de 2028
El Congreso de Coahuila aprobó este martes la minuta del proyecto de decreto que reforma los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad única para quienes ejerzan la titularidad de los Poderes Ejecutivos federal y estatales, así como la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
La propuesta fue avalada con 19 votos a favor y cuatro en contra, y forma parte del proceso de aprobación de una reforma constitucional que deberá ser respaldada por las legislaturas estatales para continuar su trámite.
De acuerdo con la minuta, para aspirar a la Presidencia de la República se requerirá ser ciudadano mexicano por nacimiento, hijo o hija de padre o madre mexicanos, no tener ni adquirir otra nacionalidad y, en caso de contar con una distinta, renunciar a ella antes de solicitar el registro como candidato.
La reforma también establece que quien ocupe la Presidencia no podrá adquirir o solicitar otra nacionalidad ni invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana.
Entre las prohibiciones se contempla el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por otro Estado, el ejercicio de derechos políticos inherentes a esa ciudadanía y acogerse a su protección diplomática.
Disposiciones similares se incorporarían para las gubernaturas de los estados. Solo podrá ocupar una gubernatura una persona mexicana por nacimiento que no tenga ni adquiera otra nacionalidad y que, en caso de tenerla, renuncie a ella antes de solicitar su registro como candidata o candidato.
Para la Ciudad de México, la reforma plantea el mismo requisito para quien aspire a la Jefatura de Gobierno.
Las nuevas disposiciones serán aplicables a partir del proceso electoral correspondiente a 2028 y no tendrán efectos sobre quienes ya se encuentren en ejercicio de los cargos al momento de su entrada en vigor.
También se contempla un plazo de 90 días naturales para que el Congreso de la Unión realice las adecuaciones a la Ley de Nacionalidad y a la legislación electoral. Las entidades federativas tendrán el mismo plazo para armonizar sus constituciones y legislación electoral.
Durante la discusión, el diputado por Morena Antonio Attolini señaló que, desde su perspectiva, la medida no restringe los derechos político-electorales de las personas con doble nacionalidad, sino que establece una condición específica para quienes aspiren a esos cargos.
“No se puede servir a dos banderas, cuando se es el titular del poder ejecutivo o la titular del poder ejecutivo de un estado o de una nación”, afirmó.