Dr. Alejandro Dávila Flores, pide respeto a la ciclovía
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Poco asusta a los automovilistas de Saltillo saber que la multa por ese concepto ascienda ahora a $4,196.00, pues nunca se hace efectivo su cobro
Pareciera que el Tesorero del Ayuntamiento de Saltillo sufre el flagelo de la abundancia: En tan solo 15 minutos dejó escapar $41,496.00 por cobro de multas a los 10 coches que estaban ayer por la tarde estacionados sobre la ciclovía, en la calle Salvador González Lobo, entre Hidalgo y Nava. Poco asusta a los automovilistas de Saltillo saber que la multa por ese concepto ascienda ahora a $4,196.00, pues nunca se hace efectivo su cobro (el prometer no empobrece, es el dar lo que aniquila).
También resulta oportuno recordarle al Alcalde de nuestra ciudad algunos hechos:
1. A denuncia de un servidor, el 3 de febrero del 2017 la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila emitió la recomendación 5/2017, en cuya parte sustancial demanda el “cumplimiento de los objetivos, principios rectores de movilidad sustentable, atribuciones y obligaciones que le establecen, en el ámbito de su competencia, las disposiciones de la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Coahuila de Zaragoza relativo a la infraestructura necesaria tendiente a que las y los ciclistas de la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, gocen de sus derechos, mediante la implementación de políticas públicas en esa materia para la prestación del servicio de movilidad sustentable...”.
2. La mencionada Ley fue modificada el 7 de octubre de ese mismo año, denominándose en lo sucesivo Ley de Transporte y Movilidad Sustentable para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
3. El 17 de mayo del 2022 se expidió la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la cual es de observancia en todo el territorio nacional.
4. Ambos ordenamientos establecen una jerarquía para la asignación del espacio y los recursos públicos en la cual se asigna prioridad a peatones y usuarios de la movilidad no motorizada en “...la planeación, diseño e implementación de las políticas públicas, planes y programas en materia de movilidad...” (Art. 6 de la segunda Ley referida. En la primera, dicha jerarquía se define en el Art. 7).
5. Definen los criterios para el diseño de la infraestructura vial (Art. 4 de la Ley Estatal y 35 de la Federal).
6. Y el Art. 40 de la Ley General explícitamente mandata contemplar en todos los proyectos de infraestructura urbana espacios para los peatones y vehículos no motorizados.
7. Hace algunos meses me entusiasmó ver una fotografía a plana completa en la cual aparece el Alcalde con un nutrido grupo de ciclistas y externó su intención de mejorar la infraestructura ciclista en la ciudad. Un buen comienzo sería darle mantenimiento a la ya existente, empezando por la ciclovía oriente-poniente, especialmente ahora que están concluyendo los trabajos de introducción de una nueva tubería que la dejaron bastante maltratada.
Y en estos tiempos de precampañas al gobierno estatal, sería deseable que los aspirantes nos digan qué piensan hacer para mitigar y amortiguar el cambio climático en Saltillo y qué papel tendrán en sus propuestas la movilidad sustentable y la incorporación del principio de “calle completa” en el diseño de la infraestructura vial (tema también contemplado en el Art. 35 de la Ley Federal referida).
Por su atención, muchas gracias.
Dr. Alejandro Dávila Flores
Saltillo, Coahuila, 29 de enero de 2023.