Medirá SEMAC contaminación ambiental para aplicar el ‘hoy no circula’ en Coahuila

Coahuila
/ 20 septiembre 2023

Se promoverá el uso del transporte urbano, la bicicleta, el uso compartido del vehículo y la caminata

Para la aplicación del programa “hoy no circula”, versión Coahuila, la Secretaría del Medio Ambiente creará, administrará y mantendrá actualizados los indicadores y bases de datos en materia de prevención y control de la contaminación de la atmósfera, para definir los días y horarios en que se restringirá la circulación vial.

VANGUARDIA informó que la Ley de Transporte, Movilidad Sustentable y Tránsito incorpora el Artículo 256 para indicar que “Las autoridades competentes podrán regular y ordenar la circulación de vehículos mediante el establecimiento de modalidades al flujo vehicular en días, horarios y vías, cuando así lo estimen pertinente”.

Esto, con objeto de mejorar las condiciones ambientales, de salud y de seguridad vial en puntos críticos o derivado de la realización de otras actividades públicas.

“La regulación y ordenamiento de la circulación se podrán aplicar considerando el impacto vial y ambiental de cada tipo de vehículo, dando preferencia a vehículos eficientes, sin que ello implique tramitar la expedición de permisos adicionales para la movilidad de bienes y mercancías”, señala el ordenamiento.

El Artículo 11 Bis refiere que la información recabada alimentará el Sistema de Información Territorial y Urbano (SITU), de nueva creación, y señala que la SEMAC colaborará con las autoridades estatales y municipales para revisar las normas y lineamientos que deberán cumplir los vehículos motorizados en materia de protección al ambiente.

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Asimismo, el Artículo 11 Ter ordena a la Secretaría de Seguridad Pública crear, administrar y mantener actualizados los indicadores y bases de datos en materia de movilidad y seguridad vial, que se incorporen al SITU y realizará operativos de control del uso de distractores durante la conducción de vehículos, revisará que los infantes utilicen sistemas de retención infantil para su seguridad, el uso de cascos en motociclistas, de control de velocidad y alcoholimetría.

El Artículo 12 Bis establece crear el Sistema Estatal de Movilidad y Seguridad Vial, que integrarán autoridades estatales, municipales y representantes de sectores para diseñar estrategias, políticas y lineamientos en la materia.

El 12 Bis señala que la autoridad competente establecerá estrategias e implementará acciones para fortalecer la regulación del transporte de carga para mejorar su eficiencia operacional y ambiental, minimizar sus impactos en los sistemas de movilidad, impulsar la renovación del parque vehicular y disminuir los riesgos de accidentes de tránsito.

Asimismo, se reforzarán los mecanismos de control y registro vehicular, así como la revisión física-mecánica y de emisiones.

El 384 señala que las secretarías de Seguridad Pública, Salud y los municipios realizarán auditorías de seguridad vial para identificar, reconocer y corregir las deficiencias antes de que ocurran siniestros para emitir recomendaciones y reducir riesgos.

Asimismo, impulsarán programas para priorizar el uso del transporte urbano, la bicicleta y los desplazamientos a pie, así como promover el uso compartido de vehículos.

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