Multarán en Saltillo por alarmas y denuncias falsas

Coahuila
/ 31 diciembre 2023

También habrá sanciones si la parte acusadora o quejosa no asiste a los citatorios de audiencia

El Bando de Policía y Gobierno de Saltillo establece multas de 2 a 10 UMAs contra las personas que presenten denuncias, soliciten auxilio o provoquen alarma invocando hechos falsos o el juez o la jueza cívica considere que la queja resulta notoriamente improcedente.

La Unidad de Medida y Actualización equivale a 103.74 pesos, es decir, las sanciones económicas irían de 207.48 pesos hasta mil 037.4 pesos. Asimismo, se impondrán multas si la parte acusadora o quejosa no asiste a los citatorios de audiencia para atender la demanda, sin causa justificada, y la queja se desechará.

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Las personas probables infractoras tienen derecho a la presunción de inocencia; recibir trato digno y no ser sometidas a penas crueles, tratos inhumanos o degradantes, azotes o coacción, ni cualquier otra por motivo de su presentación o sanción; contar con un defensor o defensora de su confianza o, en su caso, se designe a una persona defensora pública de oficial, y hacer del conocimiento de un familiar o persona que deseen, los motivos de la detención y el lugar en que estará bajo custodia.

De igual manera, la probable persona infractora (Artículo 81) será valorada mediante un dictamen de integridad física para determinar su estado físico, y en su caso, mental en que es presentada, cuyo informe deberá ser suscrito por personal médico. En todo momento se privilegiará salvaguardar la integridad física de la persona en caso de requerir atención médica urgente se generará el traslado a la unidad médica correspondiente.

La persona podrá ser sometida a una evaluación psicosocial para determinar perfiles de riesgo, de tal forma que dicha información pueda ser tomada en cuenta por el juez o la jueza cívicos para determinar la procedencia de una actividad en beneficio de la comunidad, como forma de conmutación del arresto o la multa.

Si la persona padece discapacidad física, intelectual o psicosocial, a consideración del médico, se ordenará suspender el procedimiento y citará a las personas obligadas a la custodia y la remitirá a las autoridades de salud o instituciones de asistencia social competentes a fin de proporcionarle la ayuda requerida.

Si el diagnóstico psicosocial lo determina, la persona podrá participar en modelos de componentes terapéuticos para modificar comportamientos o cambiar conductas de riesgo de violencia, para ser beneficiadas con el tratamiento.

A fin de evitar el arresto y multa podrán realizar trabajo de beneficio comunitario en escuelas públicas, organizaciones educativas, sociales o privadas.

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