No se ha alcanzado paridad en todas las instituciones

Coahuila
/ 9 noviembre 2020

Este panorama garantiza que las candidaturas electas en procesos democráticos sean aplicadas con paridad de género para el representante y para algunas de sus horizontalidades

De acuerdo con un informe realizado por el Centro de Estudios para el logro de la Igualdad de Género de la Cámara de Diputados, Coahuila es una de las entidades donde la paridad de género sólo está regulada y garantizada en el panorama electoral, pero no en todos los ámbitos de la función pública.

El estudio indaga sobre las oportunidades que tienen las mujeres en los órganos administrativos gubernamentales u autónomos de la función pública, tanto para la dirección y la toma de decisiones como para la producción laboral.

Los datos reportados por el Centro de Estudios indican que Coahuila realizó su última reforma en el 2019 para que en el panorama electoral la paridad de género fuera una realidad.

“El acceso de las mujeres a los puestos de toma de decisión pública ha ido en aumento, sin embargo, no se ha alcanzado el objetivo: la paridad”, dice el estudio.

El acceso de las mujeres a los puestos de toma de decisión pública ha ido en aumento, sin embargo, no se ha alcanzado el objetivo: la paridad”.

Este panorama garantiza que las candidaturas electas en procesos democráticos sean aplicadas con paridad de género para el representante y para algunas de sus horizontalidades; por ejemplo, las candidaturas a las alcaldías deben estar regidas por principios de paridad de género en los partidos políticos y también las de las legislaturas.

Sin embargo, el estudio subraya que en lo que respecta a los aparatos del Poder Ejecutivo estatal y municipal, el Poder Judicial, el Poder Legislativo y los organismos autónomos no hay un aparato jurídico que garantice la participación equitativa de hombres como mujeres.

JURISPRUDENCIA

De acuerdo con el estudio, la Constitución en su artículo 41 establece la jurisprudencia para que todas las entidades apliquen reformas en pro de la paridad en todos los ámbitos de la función pública.

“La ley determinará las formas y modalidades que correspondan para observar el principio de paridad de género en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas. En la integración de los organismos autónomos se observará el mismo principio”, establece el artículo.

A nivel nacional, el panorama de la paridad de género es el siguiente: 32 estados mencionan el principio de paridad en materia electoral; 14 entidades mencionan el principio de paridad en materia del ejecutivo estatal y municipal; 11 en materia de organismos autónomos; 15 en materia de Poder Judicial y 13 en el Poder Ejecutivo.

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