Presentan reforma constitucional para establecer gobierno de coalición en Coahuila

Coahuila
/ 18 octubre 2022

El PAN también presenta iniciativa de ley para que partidos impulsen un programa de gobierno y legislativo en común, y repartan secretarías

El PAN presentó la iniciativa de reforma a la Constitución de Coahuila para hacer realidad los gobiernos de coalición en el estado, acompañada de la Ley de Gobiernos de Coalición, con lo cual se impulsaría un programa de gobierno y una agenda legislativa en común, con reparto de secretarías y dependencias entre los partidos coaligados.

Las diputadas Mayra Valdés González y Natalia Virgil Orona proponen adiciones al Artículo 82 para establecer que “en caso de que el Gobernador del Estado resulte electo por una coalición electoral, podrá considerar que las designaciones se realicen de forma plural, de conformidad con las bases establecidas en el convenio de coalición previsto en la fracción XXX de este Artículo, cuando se opte por dicha forma de gobierno”.

La fracción XXX establece que la persona titular del Poder Ejecutivo podrá, en cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos representados en el Congreso del Estado.

Además, se precisa que el gobierno de coalición se regulará por el convenio respectivo, del cual se dará vista para su conocimiento al Congreso del Estado y establecerá las bases y los acuerdos generales celebrados entre las fuerzas políticas coaligadas, así como las causas de disolución de éste.

Explicaron que a nivel federal se contempla esta figura para la Presidencia de la República desde el 2014, sin embargo, no aplicó para los estados, que tienen libertad para configurar gobiernos de coalición locales, como ya lo contemplan varias entidades, entre ellas Puebla, Yucatán, Jalisco, Nuevo León y Zacatecas.

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LEY DE GOBIERNOS DE COALICIÓN

En la Ley de Gobiernos de Coalición se regula la facultad del gobernador para optar, en cualquier momento, por un gobierno de coalición con uno o varios partidos representados en el Congreso local.

Además, se contará con un Convenio de Gobierno de Coalición acordado entre el Ejecutivo, los dirigentes de los partidos coaligados y los coordinadores de los grupos parlamentarios representados en el Congreso para construir una mayoría legislativa.

El documento y el programa de gobierno pueden formar parte de la plataforma electoral de los partidos, cuyos compromisos deberán plasmarse en las políticas públicas del gobierno de coalición, con la inclusión de ciudadanos que no sean militantes de los partidos coaligados.

El Convenio precisará si esta figura es resultado de una coalición electoral, si se integra dentro del periodo constitucional del Ejecutivo o cuando otros partidos deciden formar parte de éste cuando ya existe un gobierno coaligado.

Se fijará la duración del acuerdo y los objetivos de las políticas de Estado, de gobierno, las políticas públicas y la planeación de gobierno. Los objetivos, métodos y decisiones estratégicas serán definidos por los partidos coaligados a partir de la más amplia consulta ciudadana.

También compromete a impulsar un Plan Estatal de Desarrollo con la aprobación de presupuestos anuales de egresos e ingresos para ejecutar programas y proyectos.

De igual manera, se repartirán las secretarías y se obligan a cumplir con lo que dictan los ordenamientos en materia de fiscalización, transparencia y rendición de cuentas, además de incluir causales de disolución.

El Artículo 8 refiere que el Ejecutivo podrá acordar que la titularidad de la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas se otorgue a una persona emanada del partido que haya quedado como segunda fuerza dentro de los partidos coaligados.

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El Convenio deberá ser aprobado por los órganos de dirección de los partidos, los que autorizarán a su respectivo dirigente a suscribir el documento, que será remitido al Congreso local y a los municipios para su conocimiento y será publicado en el Periódico Oficial y en los diarios de mayor circulación.

Se indica que el Convenio puede ser modificado en cualquier momento por acuerdo entre los partidos, por la integración de nuevos partidos o por abandono voluntario.

En el Artículo 18 se establece que las causas de terminación del Convenio deberán ser formuladas de manera expresa y pública, con debida justificación y esto deberá acompañarse de las renuncias de las personas titulares de las secretarías del ramo que correspondan al partido o partidos que abandonen la coalición.

En el programa de gobierno se precisarán compromisos de acción gubernamental y legislativa para lograr objetivos de equidad, democracia, libertad, participación ciudadana, desarrollo sustentable, crecimiento económico, medio ambiente, derechos humanos, justicia y seguridad.

La Ley incluye crear el Comité de Seguimiento del Gobierno de Coalición con representantes de los partidos y de los grupos parlamentarios, que evaluarán los avances de los acuerdos y metas y resolverán las diferencias que surjan.

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