Prohibición de la fiesta brava en Coahuila, parteaguas para abolirla en el resto del País: Vicente Salas ‘Novillero’
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La sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de las corridas de toros en Coahuila, es el antecedente que aplican en otros estados para prohibirlas y si los toreros, novilleros, banderilleros, rejoneadores, jueces de plaza, ganaderos, empresarios y aficionados taurinos no se unen en su defensa, en poco tiempo no habrá más fiesta brava en México.
Vicente Salas Estrada, “Novillero”, presentó de manera oficial su libro “Las plazas de toros en la actualidad en el estado de Coahuila” en el Teatro García Carrillo, donde señaló que el caso de Coahuila es el parteaguas que puede acabar con la fiesta brava en el País.
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“No existían antecedentes jurídicos en contra de los festejos taurinos; en toda la historia del toreo en México nunca había llegado ninguna controversia que tuviera que ver con la tauromaquia a un juzgado, menos a un amparo. Cuando sale el decreto de prohibición en 2015, se interpone un amparo contra el decreto de prohibición del espectáculo”, recordó.
A ocho años de la prohibición en nuestro Estado, “tierra de toros y toreros”, como lo define, refirió que fue la tercera entidad en prohibir la tauromaquia mediante el decreto publicado el 25 de agosto de 2015, en el Periódico Oficial del Estado, que reformó la Ley de Protección y Trato Digno de los Animales del Estado de Coahuila.
En el Artículo 20 se ordena prohibir “las corridas de toros, novillos, becerros o vaquillas y los rejoneos; el entrenamiento de animales para su utilización en este tipo de espectáculos, así como las tientas”.
A partir de entonces inició la batalla legal ante el Poder Judicial de la Federación al interponerse el amparo 1500/2015, por parte del representante legal de la empresa Promociones y Espectáculos Zapalinamé, ante el Juzgado Segundo de Distrito de Saltillo. Al resolverse en definitiva el juicio, el expediente se turnó al Juzgado Primero de Distrito, que negó la protección de la justicia federal, lo que confirmó la legalidad y la plena vigencia del decreto.
“Ese amparo, fue el primero que detonó la batalla legal, para que el Poder Judicial y la Corte se manifestaran a favor o en contra de la fiesta brava. Ese amparo en primera instancia en 2015 se perdió y la juez de Distrito en ese tiempo dice que las corridas de toros están en contra del artículo 4º constitucional porque la muerte y la sangre no deben aceptarse como espectáculo en un Estado contemporáneo”, dijo.
Se perdió el amparo, se interpuso el recurso de revisión y el expediente se envió a la SCJN, a la Segunda Sala, y el ministro que elaboró el proyecto de sentencia lo circuló antes de la votación y en él refrendó el criterio de que las corridas de toros van en contra del Artículo 4º, porque el maltrato y muerte del toro atenta contra el derecho al medio ambiente sano.
“Ahí, la Corte confirma, bajo ese proyecto, los razonamientos para la suspensión, eso en 2017, criterios que se siguen reproduciendo en todos los amparos, de que está prohibida la fiesta brava. Se hizo un efecto dominó, si la Corte ya lo dijo, los amparos se van para abajo y esto lo están replicando en el País”, sentenció.
Hasta el momento, la tauromaquia está prohibida en Sonora, Sinaloa, Guerrero, Quintana Roo y Coahuila. En la Plaza de Toros de la Ciudad de México no hay corridas por un proceso de suspensión de amparo.
“Jurídicamente un abogado lo que hubiera recomendado era interponer el amparo, pero el problema es el trasfondo político que dio origen a la prohibición, entonces la situación política y luego desatar la batalla legal es lo que nos tiene así. Ese amparo que se perdió, sentó las bases para los criterios de la prohibición y suspensión del espectáculo taurino a nivel nacional”, concluyó.