‘Batea’ Suprema Corte cobro de derechos en Sabinas por extracción de hidrocarburos

Sabinas
/ 4 noviembre 2024

Esta definición no tendrá un efecto retroactivo con los proyectos que están en marcha, detalló el máximo tribunal

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválidas ciertas disposiciones de la Ley de Ingresos del Municipio de Sabinas, Coahuila, que establecían el cobro de derechos por permisos relacionados con actividades de extracción de hidrocarburos, al considerar que invadían competencias exclusivas de la Federación.

En sesión plenaria, la SCJN analizó el artículo 34, fracciones X y XI, de la Ley de Ingresos de Sabinas para el ejercicio fiscal 2024. Estas disposiciones, emitidas a través del Decreto 625 y publicadas el 22 de diciembre de 2023, contemplaban el cobro de derechos por permisos de construcción y remodelación de pozos de extracción de hidrocarburos, lo que, de acuerdo con la Corte, interfería en las atribuciones federales para legislar en materia de explotación de recursos naturales.

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La sentencia se basa en precedentes constitucionales y en lo dispuesto en el artículo 73 de la Constitución Federal, que reserva al Congreso de la Unión la facultad para legislar sobre la explotación de minerales y sustancias, incluidos los hidrocarburos.

Aunque la normativa municipal no imponía directamente un pago por la explotación de hidrocarburos, la SCJN subrayó que el cobro de permisos para construcción y remodelación de pozos estaba vinculado con estas actividades.

La decisión responde a una controversia constitucional presentada por el Poder Ejecutivo Federal contra los poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Coahuila, demandando la invalidez de estas fracciones de la Ley de Ingresos municipal. La ponencia fue llevada por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y la secretaria Brenda Montesinos Solano.

Los efectos de la resolución de la SCJN serán aplicables a partir de la notificación oficial al Congreso de Coahuila y al Municipio de Sabinas, sin carácter retroactivo, por lo que no se afectarán permisos ya otorgados antes de la sentencia.

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