Sugieren desde FCA reformas para favorecer reelecciones de Rector, Directores y Coordinadores en la UAdeC
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Un documento membretado de la Facultad de Ciencias de la Administración (FCA) de la Universidad Autónoma de Coahuila (UAdeC) presume la probable intención de reformar estatutos con fines de reelección hasta por dos períodos para rector, y hasta cuatro períodos para coordinadores de unidad.
Además, sugiere que una vez que el rector haga uso de sus dos ciclos, no pueda volver a ocupar el cargo como interino, provisional, sustituto o encargado de despacho.
El documento fechado el 21 de abril pasado, está firmado por miembros del Consejo Directivo, del Consejo Universitario y de la administración 2021-2024 de la Facultad que dirige Yasmín Guadalupe Cervantes Ávila, quien en 2020 protagonizó la clausura de una graduación en esa facultad, que se desarrolló en medio de la emergencia sanitaria de COVID-19, que prohibía los eventos masivos y enfatizaba la sana distancia para evitar contagios.
El actual estatuto de la UAdeC refiere en su Capítulo VI, Del Rector, artículo 56: “El Rector es la autoridad ejecutiva de la Universidad, su representante legal y el presidente del Consejo Universitario. Durará en su cargo tres años y podrá reelegirse por un periodo adicional, sea este consecutivo o alterno”.
De acuerdo con el documento que circula, este artículo sería reformado para quedar de la siguiente manera: “El Rector es la autoridad ejecutiva de la Universidad, su representante legal y el presidente del Consejo Universitario. Durará en su cargo tres años y podrá ser electo hasta por dos períodos consecutivos o alternos, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a ocupar ese cargo, ni con el carácter de interino, provisional, sustituto o encargado de despacho”.
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La segunda reforma que menciona el documento es al Capítulo VII, de los Coordinadores de Unidad, en su artículo 63, que en el estatuto actual dice: “El Coordinador es la autoridad ejecutiva de su Unidad. Durará en el cargo tres años y podrá reelegirse por periodo adicional, sea este consecutivo o alterno”.
El texto reformado, quedaría así “El Coordinador es la autoridad ejecutiva de su Unidad. Durará en su cargo tres años y podrá ser electo hasta por cuatro períodos consecutivos y de manera alterna en su vida universitaria”.
La tercera reforma en mención es al Capítulo IX, de los Directores de las Escuelas, Facultades e Institutos, en su artículo 78: “El Director es la autoridad ejecutiva de cada escuela, facultad e instituto de la Universidad y el presidente de su Consejo Directivo. Durará en su cargo tres años y podrá reelegirse por periodo adicional, sea este consecutivo o alterno”.
La reforma sugiere que diga: “El Director es la autoridad ejecutiva de cada escuela, facultad e instituto de la Universidad y el presidente de su Consejo Directivo. Durará en su cargo tres años y podrá ser electo hasta por cuatro períodos consecutivos y de manera alterna en su vida universitaria”.
El área de comunicación social de la Universidad Autónoma de Coahuila aseguró este martes que enviaría por la tarde un comunicado con la postura de la Rectoría sobre el tema, sin que hasta el momento la vocería universitaria haya emitido tal documento.