Juez ordena crear Norma Oficial Mexicana para instalar medidores telemétricos y vigilar extracciones de agua
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Esta orden del Juez de Distrito se da en el marco del cumplimiento de la sentencia dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
Un Juez de Distrito ordenó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) a gestionar la emisión de una Norma Oficial Mexicana que establezca la obligatoriedad de instalar medidores telemétricos a los concesionarios de agua subterránea.
Los quejosos, ProDefensa del Nazas, Desarrollo Cardenista para el Campo Lagunero y Encuentro Ciudadano Lagunero, solicitaron al juzgado la adopción de esta medida con base en dos realidades documentadas: la extracción excesiva y no controlada del acuífero durante décadas, y la ausencia de medición efectiva de los volúmenes extraídos.
Esta orden del Juez de Distrito se da en el marco del cumplimiento de la sentencia dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el sentido de que reconoce las omisiones de autoridades y ordena la protección del acuífero Principal de La Laguna.
Luis Pedroza, abogado de las organizaciones, mencionó que plantearon desde febrero de 2025 la necesidad de crear una Norma Oficial Mexicana, y todo este tiempo estuvo en debate jurídico.
“En los últimos meses las autoridades argumentaron que no era una acción que expresamente les hubiera ordenado la Suprema Corte en la sentencia original (543/2022). Nuestros argumentos le permitieron al juez tomar la decisión de que es una medida para proteger el acuífero”, comentó el abogado.
Uno de los argumentos es que los medidores telemétricos representan una solución técnica idónea, ya que permiten conocer en tiempo real la extracción de agua de cada concesionario, tanto a la autoridad como al propio usuario.
El Juez de Distrito desestimó la negativa de las autoridades federales y consideró que la medida es conveniente y necesaria para garantizar la preservación, el suministro y el saneamiento sustentables del acuífero Principal de la Región Lagunera, el cual según los mismos datos de CONAGUA, presenta un déficit de disponibilidad.
El juzgado razonó que la correcta medición de los volúmenes de aguas nacionales usados, explotados o aprovechados contribuye a tener certeza en los volúmenes utilizados; obtener información en tiempo real tanto para el usuario como para la autoridad, lo cual posibilita la promoción de acciones de uso eficiente del recurso; evitar la sub-declaración así como el acaparamiento de las aguas nacionales.
El juzgado requirió formalmente al Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte de la Comisión Nacional del Agua y al Director General de la Comisión Nacional del Agua, para que dentro del término de treinta días hábiles informen los actos realizados para gestionar la conversión de la NMX-AA-179-SCFI-2018 a Norma Oficial Mexicana, o bien, para promover la expedición de una Norma Oficial Mexicana que regule los sistemas de medición para el uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales.
Luis Pedroza mencionó que tanto la CONAGUA como la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y el organismo de cuenca, tienen la opción legal de recurrir, sin embargo, aclaró que esto no quiere decir que se suspenda la obligación que general el acuerdo.
“Lo tienen que cumplir independientemente de que hayan presentado su recurso, solo en caso de que un recurso les resultara favorable en algún momento, ya no lo pueden cubrir, mientras tanto lo tienen que cumplir”, explicó.
Esta orden del Juez representa el primer logro concreto de naturaleza normativa que tendrá un impacto a nivel nacional en los 653 acuíferos del país y constituye una medida adicional a la adquisición e instalación de 200 medidores telemétricos por parte de la CONAGUA en la región Laguna.