¡Cuidado!... SAT pone lupa en empleados y trabajadores con su Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación

Dinero
/ 2 febrero 2023

Revisará la aplicación indebida de saldos a favor, acreditamiento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y regímenes fiscales preferentes

¿Qué son los contribuyentes cautivos y por qué el Servicio de Administración Tributaria (SAT) va detrás de ellos?... Aunque el Gobierno federal asegura que impulsa la actividad productiva manteniendo los mismos impuestos, la realidad es que cada vez elimina más recursos a los contribuyentes, vía fiscalización y multas.

En el presente año, la autoridad fiscal se enfocará en revisar operaciones de los contribuyentes cautivos y revisará 16 sectores económicos. También podrá lupa a la simulación de prestación de servicios especializados, uso indebido de tratados, derechos mineros, subvaluaciones de comercio exterior, entre otros.

Entre las acciones de fiscalización que el SAT realizará están el combate a esquemas de evasión que involucren a empresas “factureras”, la revisión de esquemas de evasión de empresas que involucren “nomineras”, el incremento en operativos carreteros y almacenes para combatir el contrabando.

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El SAT también revisará una serie de conceptos y conductas, entre ellos la aplicación indebida de saldos a favor, acreditamiento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y regímenes fiscales preferentes.

¿Qué son los contribuyentes cautivos y por qué el SAT va detrás de ellos?

Los contribuyentes cautivos son aquellos que, para efectos laborales y fiscales, son considerados empleados o trabajadores, o sea que están sujetos a una relación laboral, a un horario de trabajo, etc., a cambio de una remuneración por el trabajo realizado.

Este tipo de contribuyentes cubrirán su impuesto mediante retención que les efectúe el patrón en cada pago realizado y no tendrán posibilidad de deducción alguna que les permita aliviar su cargar fiscal.

Sin embargo, los contribuyentes cautivos tienen el derecho en la declaración anual a las denominadas deducciones personales, tales como: Gastos médicos, dentales y hospitalarios, funerarios, donativos, intereses de crédito hipotecarios, aportaciones voluntarias al SAR, primas por seguros de gastos médicos, transporte escolar cuando sea obligatorio y colegiaturas hasta ciertos límites.

Mientras que, los contribuyentes no cautivos determinan ellos mismos su impuesto a pagar, mediante pagos provisionales y la mecánica de su determinación les permite deducir de la base del mismo las erogaciones relacionadas con la obtención de sus ingresos lo que les permite tener una tasa impositiva inferior a los cautivos.

Por lo tanto:

Los contribuyentes cautivos trabajan para alguien más. Ese alguien es su patrón.

Los contribuyentes no cautivos tienen mayores ventajas fiscales al poder deducir sus gastos antes de determinar su impuesto, lo que les permite disminuir la mencionada tasa máxima de impuesto y llevarla a porcentajes más amables.

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