RFC obligatorio para mayores de 18 años... ¿El SAT me puede multar si no lo tramito?
Con la Miscelánea Fiscal del año pasado se aprobó el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) obligatorio para mayores de 18 años
Desde inicios del año pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) volvió obligatoria la incorporación al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de los jóvenes mayores de 18 años.
Esta medida despertó muchas dudas sobre las obligaciones que tendrían que cumplir y sobre las sanciones a las que se podrían hacer acreedores los jóvenes si no acataban la ley.
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El Servicio de Administración Tributaria descartó la posibilidad de aplicar sanciones a los jóvenes mayores de 18 años que no se inscriban al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a menos de que inicien alguna actividad económica.
“Esta institución tiene muy claro que la transición del registro llevará cierto tiempo y durante este lapso no habrá penalidades, ni multas, ni sanciones”, recalcó.
El SAT explicó que con la Miscelánea Fiscal 2022 se aprobó el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) obligatorio para mayores de 18 años. Pero la incorporación al RFC y, la obtención en conjunto de la e.firma (firma electrónica), no implica que estén obligados a pagar contribuciones ni a presentar declaraciones, a menos que ya realicen alguna actividad económica.
Al contar con su RFC y su firma electrónica, los jóvenes recibirán avisos en los medios de contacto que den de alta (correo electrónico), en caso de que su identidad haya sido utilizada por dichas empresas.
Añadió que con el cambio en la legislación el SAT busca incorporar al RFC a los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva, pero sobre todo, protegerlos del robo de identidad ya que las empresas fantasma los utilizan como prestanombres.
Detalló que la Secretaría de Educación Pública solicita el RFC y la firma electrónica para poder emitir las cédulas profesionales de los recién graduados y titulados.
Entre los beneficios de tener un RFC están: se asegura su identidad fiscal; se pueden realizar trámites y servicios comprobando su identidad digitalmente; el SAT protege sus datos y se combate la corrupción al prevenir el robo de identidad.
Abundó que la e.firma (firma electrónica) es un archivo seguro, cifrado y tiene la validez de una firma autógrafa.
Recomendó a los jóvenes que estén dados de alta en el RFC y no trabajan, verificar que estén registrados como: “inscripción de personas físicas sin actividad económica” en el Portal del SAT para no generar obligación fiscal.
El link es www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc. Ahí deben revisar su Constancia de Situación Fiscal y revisar que en la sección Régimen mencione: “Sin obligaciones fiscales”. En caso de no poder ingresar a este link por su falta de Contraseña, se sugiere solicitarla en SAT ID https://satid.sat.gob.mx/.
Aclarar que los jóvenes que se inscriban al RFC sin actividad económica no están obligados a pagar impuestos ni a presentar declaraciones informativas, mensuales o anuales; tampoco a dar avisos, a menos que cambien de régimen e inicien actividad; mientras tanto, el SAT no aplicará ningún tipo de sanciones o cobro de impuestos por ello.