Conoce las consecuencias ante el SAT de usar el concepto de transferencias ‘donativo’

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/ 15 febrero 2024

Debido a las declaraciones anuales se deberá de usar correctamente el concepto de las transferencias bancarias

En la actualidad una herramienta que nos facilita diversos bancos son las transferencias bancarias, evitando tener que manejar ese dinero de forma física, en algunas ocasiones se nos pedirá introducir un concepto al momento de querer realizar esta acción.

Algunas personas aprovechan esta situación para generar un posible beneficio a futuro, colocando el concepto ‘donativo’; sin embargo, esta acción podrá originar problemas legales ante la Secretaría de Administración Tributaria (SAT).

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¿CUÁLES SON LAS IMPLICACIONES AL INCLUIR LA PALABRA ‘DONATIVO’ EN UNA TRANSFERENCIA BANCARIA?

Cuando se trata de informar al SAT acerca de tus ingresos anuales, semestrales, quincenales o semanales, es crucial proporcionar detalles sobre la actividad o labor realizada para obtener esos fondos.

Se le conoce como ingresos anuales a la cantidad de dinero que se recibe como compensación durante un año, derivada del ingreso bruto por empleo, el ingreso neto de trabajo por cuenta propia y otros ingresos provenientes de diversas fuentes.

El salario bruto es la cantidad de dinero que el trabajo te promete antes de deducir los impuestos, mientras tanto el neto será la cantidad después de restarlos.

Por lo tanto, será relevante usar correctamente los conceptos de pago detallando la razón por la que se está enviando esa cantidad de dinero.

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Si alguna vez has usado el concepto de ‘donativo’ te informamos que posiblemente estás haciendo mal, de acuerdo Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) los donativos son posibles si se realizan a familiares como al cónyuge, hijos, padres y hermanos, familiares que sean de descendencia directa; o dependencia donde se pueda comprobar que sea un donativo.

Es decir, si no se comprueba la legalidad de este supuesto ‘donativo’ se te podrá acusar de evasión de impuestos, esta acción es sancionada con una multa, castigo al régimen fiscal perteneciente o sanciones legales.

Una posible sanción podrían ser: Prisión de tres meses a dos años en caso de ingresos acumulables omitidos por un monto de hasta un millón 932 mil pesos mexicanos.

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