¿Cuánto cobrará el SAT de impuestos en tu aguinaldo 2023? Aquí te lo decimos

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/ 10 noviembre 2023

Aquí te decimos todo lo que tengas que saber sobre el pago del aguinaldo 2023

Se acercan grandes festividades y con ellas, el fin del año 2023, así como también ciertas retribuciones a los trabajadores: el aguinaldo.

Algunas personas tendrán que pagar impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), por ello aquí te contamos de cuánto es el descuento y quiénes están exentos en este 2023.

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El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula que “los trabajadores del país tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos”.

Dicha cantidad puede variar según el tiempo que se tenga trabajando en la empresa, y aquí mismo te decimos cómo calcular la cantidad que debes recibir por ley.

¿CUÁNTO SE COBRARÁ DE IMPUESTOS POR EL PAGO DEL AGUINALDO 2023?

La Ley de Impuestos sobre la Renta (LISR) establece que los trabajadores tienen derecho a estar exentos por hasta 30 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).

En este 2023, la actualización de la UMA entró en vigor el 1 de febrero y quedó en 103.74 pesos diarios; 3 mil 153.70 pesos mensuales; y 37 mil 844.40 pesos anuales.

Así, este año, los trabajadores del país estarán expuestos del cobro de impuestos hasta por 3 mil 112.2 pesos.

BBVA explica que, si un trabajador recibe 10 mil pesos en salario mensual, por ley recibiría 5 mil pesos en aguinaldo. A esta cantidad se le restarían los 3 mil 112.2 pesos.

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Sin embargo, no todos los trabajadores deberán hacer el pago de impuestos por el cobro de su aguinaldo: la ley establece que aquellos empleados que perciben un salario menor al equivalente a 30 días de salario mínimo (6 mil 223.2 pesos y 9 mil 372.3, el pago de aguinaldo queda libre de impuestos.

¿DESDE CUÁNDO SE PAGA EL AGUINALDO EN MÉXICO?

En 1970 surgió, oficialmente, la LFT, en la que se establecen los derechos y obligaciones de cualquier relación laboral en México, y donde se instauró que los empleados deben recibir el pago de dicha prestación.

Aunque actualmente existe una propuesta para establecer este beneficio hasta por 30 días, la regulación actual establece que el pago debe ser mínimo de 15 días.

SI TE CORRIERON DEL TRABAJO, ¿TE PAGARÁN AGUINALDO?

Esta ley aplica para todos los colaboradores, incluidos aquellos quienes no hayan cumplido el año en servicio (estén o no trabajando en la fecha de liquidación). Asimismo, los trabajadores deberán obtener la parte proporcional del mismo.

Incluso si laboras por un tiempo parcial, los empleadores están obligados a brindar pagos por distintos conceptos, como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, entre otras prestaciones.

¿PODRÁS RECIBIR AGUINALDO SI TIENES INCAPACIDAD POR MATERNIDAD O POR ACCIDENTE LABORAL?

El tiempo de duración de licencia de incapacidad por maternidad también son considerados dentro del periodo de trabajo al momento de hacer el cálculo correspondiente a tu aguinaldo.

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Lo mismo aplica para aquellos colaboradores que sufrieron algún accidente laboral. Sin embargo, dicha prestación deberá ser entregada a través de la empresa o de alguna institución de seguridad social.

¿CÓMO SE HACE EL CÁLCULO DEL AGUINALDO SI LLEVAS UN AÑO DE TRABAJO?

Recordamos que para realizar la suma de cuánto se debe pagar de aguinaldo, se toma en cuenta el pago por día de labor, para los casos en los que los empleados cuentan con un salario fijo.

Si el empleado lleva 1 año en el mismo trabajo deberá seguir estos pasos:

Divide tu salario mensual neto entre los 30 días del mes para obtener tu salario promedio diario.

Multiplica el monto que ganas diariamente por los 15 días de aguinaldo mínimos de acuerdo con la LFT.

El resultado será la cantidad correspondiente al pago de aguinaldo.

Y para quienes tienen una percepción variable, se considera el ingreso promedio diario de los últimos 30 días trabajados.

¿QUÉ PASA SI TU JEFE NO TE DA EL AGUINALDO EN TIEMPO Y FORMA?

Aquellos patrones que incumplan con la prestación serán acreedores a una multa por entre 50 y 500 veces el valor de la UMA al momento (entre 5 mil 177 y 51 mil 770 pesos).

De no recibir el correspondiente a la prestación que te dan a finales de año, podrás acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), la entidad que estará encargada de interponer una demanda ante la Junta Federal de Conciliación o Arbitraje o ante las autoridades locales correspondientes.

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