¿Es recomendable transferirse entre propias cuentas? El SAT podría multarte por este error

Información
/ 2 febrero 2024

El SAT podrá multarle si no realizas de manera adecuada tus transferencias a tus cuentas

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido una alerta a todos los contribuyentes físicos y morales, recordando que se debe evitar la realización de transferencias bancarias entre diferentes cuentas propias.

Según el artículo 59, fracción III del Código Fiscal de la Federación, realizar transferencias entre cuentas propias puede generar complicaciones con el SAT.

TE PUEDE INTERESAR: ¿Cuáles son los ingresos que no pagan impuestos ante el SAT?

Esto podrá resultar en un incremento de los ingresos sin una clara identificación de su origen, obligando a los contribuyentes a declarar estos montos adicionales.

Esta institución resalta la obligación de los contribuyentes de hacer sus declaraciones o explicar las transferencias realizadas entre cuentas propias. Si el caso es lo contrario, se pedirá demostrar el origen de esos ingresos.

¿QUÉ DOCUMENTOS RESPALDAN LAS TRANSFERENCIAS?

Estados de cuenta bancarios, forma de pago, recibos que manifiesten el monto transferido, número de cheque y reporte de transferencia, cuenta de origen del depósito, número de la cuenta bancaria de destino, origen del importe depositado, papel de trabajo, y, en casos específicos, prueba pericial contable

Otro factor importante serán los conceptos de pago, ya que se están monitoreados por el SAT.

TE PUEDE INTERESAR: SAT pone la lupa en ocho sectores para combatir la evasión fiscal

¿CUÁL ES EL LÍMITE PARA QUE AVISEN AL SAT DE MIS TRANSFERENCIAS A MIS PROPIAS CUENTAS?

Esto puede variar de acuerdo a cada institución bancaria, por el hecho de que establecen diferentes límites. Sin embargo, el SAT informa que, cuando se superan los 15 mil pesos, el banco tiene la facultad de informar a la entidad fiscal debido a posibles irregularidades en los ingresos de los contribuyentes.

Esta institución tiene la capacidad de imponer una multa de Impuestos a los Depósitos en Efectivo (IDE), equivalente al 3 por ciento sobre el monto excedente de las transferencias bancarias realizadas a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI).

COMENTARIOS

Selección de los editores