¿Impuesto a pagar tras tu Declaración Anual? Así puedes diferir el pago con ayuda del SAT

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/ 22 abril 2025

La Declaración Anual puede generar saldo a favor o impuestos a pagar, con la opción de liquidar en parcialidades si se cumple con los requisitos

El mes de abril representa la fecha límite para que las personas físicas presenten su Declaración Anual 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), una obligación fiscal que permite conocer la situación tributaria del contribuyente con base en los ingresos, deducciones y movimientos fiscales realizados durante el año anterior.

Este trámite puede derivar en un saldo a favor, con posibilidad de devolución, o bien, en un impuesto a pagar. En este último caso, el SAT permite a los contribuyentes cumplir con su obligación fiscal mediante pagos en parcialidades, una facilidad que puede extenderse hasta seis mensualidades, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

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¿QUÉ ES LA DECLARACIÓN ANUAL?

La Declaración Anual es un documento que las personas físicas presentan al SAT para reportar sus ingresos, deducciones personales y otras obligaciones fiscales correspondientes al ejercicio fiscal anterior. Con esta información, se determina si el contribuyente tiene un saldo a favor o si debe realizar un pago adicional por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR).

¿QUIÉNES DEBEN DE PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL ANTE EL SAT?

De acuerdo con el SAT, están obligadas a presentar la declaración anual 2024 las personas físicas que durante el ejercicio fiscal hayan obtenido ingresos por alguno de los siguientes conceptos:

SUELDOS Y SALARIOS

Si laboraron para un solo empleador y dejaron de recibir ingresos antes del 31 de diciembre.

Si obtuvieron ingresos distintos a los salarios, como honorarios o rentas.

Si trabajaron para dos o más empleadores al mismo tiempo.

Si los salarios provinieron del extranjero o de personas que no están obligadas a retener ISR.

Si recibieron ingresos por indemnización o jubilación.

Si el ingreso anual por sueldos y salarios excedió los 400 mil pesos.

Para corroborar la información registrada, el SAT recomienda utilizar el Visor de Nómina, disponible tanto para trabajadores como para empleadores, a fin de verificar que los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) coincidan con los pagos recibidos.

OTROS INGRESOS QUE OBLIGAN A PRESENTAR LA DECLARACIÓN ANUAL

- Servicios profesionales (honorarios)

- Actividades empresariales, incluyendo:

- Uso de plataformas tecnológicas

- Operaciones en la región fronteriza

- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad

- Cobro de rentas por bienes inmuebles (casas, departamentos, locales)

- Percepción de intereses o dividendos

- Enajenación de bienes (venta de propiedades o activos)

¿QUIÉNES NO DEBEN DE PRESENTAR SU DECLARACIÓN ANUAL?

Las personas físicas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) están exentas de presentar la Declaración Anual, conforme a la Regla 3.13.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). No obstante, podrán optar por hacerlo si están contempladas bajo las Reglas 3.13.20 y 3.13.21.

INGRESOS ESPECIALES QUE SE DEBEN DE DECLARAR

De manera adicional, todas las personas físicas están obligadas a informar en su declaración anual sobre:

- Préstamos, donativos o premios obtenidos durante 2024 si en conjunto superan los 600 mil pesos.

-Ingresos por enajenación de casa habitación, herencias o legados, cuando la totalidad de los ingresos del año exceda los 500 mil pesos.

¿CÓMO PAGAR EN PARCIALIDADES LOS IMPUESTOS TRAS LA DECLARACIÓN ANUAL?

Los contribuyentes que, al presentar su declaración, deban realizar un pago de ISR podrán optar por hacerlo en hasta seis parcialidades mensuales, con ciertas condiciones:

- La declaración debe presentarse dentro del plazo legal, es decir, durante abril de 2025.

- La primera parcialidad debe pagarse dentro del mismo mes de abril.

- Cada parcialidad debe cubrirse a más tardar el último día del mes correspondiente.

- Los pagos se realizan en instituciones bancarias autorizadas, utilizando las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.

- El sistema permite reimprimir los formatos desde el aplicativo del SAT, en la sección “Impresión de acuse”.

- Existe la opción de liquidar el saldo de manera anticipada.

- Si no se realizan los pagos en tiempo y forma, se aplicarán recargos por falta de pago oportuno.

- La última parcialidad deberá cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2025, incluyendo los recargos, si los hubiera.

¿QUIÉNES NO PUEDEN PAGAR EN PARCIALIDADES SU IMPUESTOS ANTE EL SAT?

Esta facilidad no aplica a contribuyentes que:

- Tributen bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

- Se encuentren bajo el Régimen de Fideicomisos para Personas (REFIPRES).

- Hayan obtenido ingresos por enajenación de acciones en la Bolsa de Valores.

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La presentación de la Declaración Anual es una obligación clave para mantener en regla la situación fiscal de los contribuyentes. El SAT recomienda revisar cuidadosamente los datos precargados en el sistema, conservar los comprobantes fiscales correspondientes y realizar el trámite a tiempo para evitar sanciones o recargos.

Para más información sobre la presentación de la Declaración Anual, los requisitos para el pago en parcialidades o el uso del Visor de Nómina, los contribuyentes pueden consultar el portal oficial del SAT en www.sat.gob.mx.

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