¿Más días de descanso obligatorio en México?... estos son los nuevos días festivos de aprobarse la reforma a la LFT
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En los próximos meses los legisladores en México buscarán integrar a la tabla de días feriados obligatorios establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT) nuevos días festivos para que los trabajadores del sector formal mexicano puedan descansar en dichas fechas o, bien, que se les pague un salario triple si llevan a cabo sus actividades laborales.
Hasta ahora la Ley prevé sólo nueve días de descanso obligatorio, el primero de ellos el 1 de enero, seguido del primer lunes de febrero; el tercer lunes de marzo; el 1 de mayo; el 16 de septiembre.
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Así como el tercer lunes de noviembre; el 1 de octubre de cada seis años por la transición presidencial; así como el 25 de diciembre.
La iniciativa no ha sido discutida en el Congreso de la Unión y se enmarca en un momento en el que se han aprobado diversas iniciativas en materia laboral, como lo son las vacaciones dignas y la propuesta por una jornada laboral de sólo 40 horas, cuya discusión se encuentra pendiente.
Es de este modo que, en caso de que seas trabajador del sector formal mexicano, los siguientes son los nuevos días feriados que se pretenden agregar a la tabla de días de descanso obligatorio que se encuentra en la Ley Federal del Trabajo:
• El 5 de mayo por el Aniversario de la Batalla de Puebla
• El 10 de mayo por la Conmemoración del Día de las Madres.
• El 15 de mayo por la Conmemoración del Día del Maestro.
• El 1 y 2 de noviembre por el Día de Muertos.
Fue el pasado mes de mayo de 2023 cuando un diputado local de la Ciudad de México, el morenista Nazario Norberto Sánchez, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) ante el Congreso de la Unión mexicano para agregar más días feriados a los que actualmente se contemplan en las leyes mexicanas en la materia.
Es así que, en caso de que se llegara a aprobar la iniciativa de reforma a la LFT para agregar nuevos días feriados para trabajadores formales mexicanos, así quedaría la tabla de días festivos pagados en el territorio nacional mexicano:
I. El 1o. de enero
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
IV. El 1o. de mayo
V. El 5 de mayo por el Aniversario de la Batalla de Puebla
VI. El 10 de mayo por la Conmemoración del Día de las Madres
VII. El 15 de mayo por la Conmemoración del Día del Maestro
VIII. El 16 de septiembre
XI. El 1 de noviembre por el Día de Muertos.
XII: El 2 de noviembre
XIII. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
XIV. El 1 de octubre
XV. El 25 de diciembre
XVI. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
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Cabe hacer hincapié, para terminar, que los días feriados contemplados en la Ley Federal del Trabajo (LFT) en caso de que un trabajador labore durante estas jornadas, la empresa tendrá que pagarle el triple de su salario, es decir, su sueldo más dos veces este. Con todo, hay que tener en claro que al ser considerado como día feriado, los empleados no están obligados a acudir a sus trabajos, aunque depende de las consideraciones en el contrato laboral que se haya firmado.