¿Cuánto deben pagarme si trabajo el 5 de febrero? Esto es lo que dice la LFT
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La ley Federal del Trabajo estipula que: ‘independientemente del salario que le corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado’. ¿Qué pasa si no recibes el pago? Aquí te decimos
Cada año hay días de descanso oficiales para los trabajadores mexicanos, estos también benefician a empleados y alumnos de la Secretaría de Educación Pública (SEP), estos están establecidos en la ley Federal del Trabajo (LFT).
El más próximo será el lunes 5 de febrero, en el que se conmemora el Aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917.
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De acuerdo con lo establecido en la LFT, esta festividad se celebra durante el primer lunes de febrero, este 2024 coincide con el 5 de febrero, la fecha exacta.
¿CUÁNTO TE DEBEN PAGAR SI TRABAJAS EL 5 DE FEBRERO?
De acuerdo con lo establecido en la LFT, todos los trabajadores mexicanos tienen derecho a recibir un pago superior al de su salario por día si trabaja en días feriados oficiales; el próximo 5 de febrero es uno de ellos.
El artículo 75 de la LFT dice que los trabajadores deben recibir ‘independientemente del salario que le corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado’.
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En esta misma línea, si una persona gana 200 pesos por día, el patrón está obligado a pagarle el salario habitual por día más el doble (400 pesos), lo que en total es un sueldo de 600 pesos. Desde una explicación sencilla y directa, el pago se convierte en un sueldo total triple.
¿QUÉ HACER SI TRABAJO EL 5 DE FEBRERO Y NO ME PAGAN MÁS?
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), los patrones o empresas están obligadas a retribuir a sus empleados que trabajen en días festivos o en los días de descanso, como el día domingo.
Si la empresa o patrón ignora el derecho del empleado y no cumple con el salario convencional, más salario doble, más la prima dominical (si es el caso), pueden ser reportados ante la Profedet, quien presentará el caso ante un abogado que pueda brindar asesoría legal, gratuita y personalizada.
Cualquier reporte lo puedes realizar a los siguientes números telefónicos que la Profedet pone a disposición del público: 01800 911 7877 y 01800 717 2942 o al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.