Pensión del Bienestar... ¿Qué pasa con el dinero del beneficiario cuando fallece?

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/ 3 abril 2023

De acuerdo con información de la línea del Bienestar, en caso que un beneficiario fallezca, el dinero que éste tenga en su cuenta bancaria puede ser retirado por el auxiliar

La Pensión del Bienestar es un programa social en México que tiene como objetivo brindar una pensión a personas mayores de 65 años que viven en situación de pobreza. En caso de que el beneficiario fallezca, la pensión se suspende y no se otorgará a ningún otro miembro de la familia.

Sin embargo, de acuerdo con información de la línea del Bienestar, en caso que un beneficiario fallezca, el dinero que éste tenga en su cuenta bancaria puede ser retirado por el auxiliar.

El auxiliar es la persona que el beneficiario designa para ayudarlo a hacer el cobro de los depósitos. Dicha información la proporciona el beneficiario al momento de llenar la solicitud del programa gubernamental.

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Para poder reclamar el dinero el auxiliar deberá llevar al Banco del Bienestar cercano a su domicilio los siguientes documentos:

• Identificación oficial del auxiliar.

• Acta de defunción del beneficiario.

• Tarjeta de débito del beneficiario.

Tras verificar la información se procederá a retirar el dinero que haya acumulado en su cuenta el beneficiario hasta el momento de fallecer, siempre y cuando su afiliación al programa se haya mantenido vigente.

Es importante destacar que, en el caso de que el beneficiario haya recibido pagos por adelantado, se deberá realizar un ajuste para devolver los recursos no devengados al programa. En algunos casos, es posible que la familia del fallecido tenga que realizar este ajuste de manera directa o que se realice una deducción del monto correspondiente del pago del programa.

En general, es recomendable que los familiares del fallecido se comuniquen con las autoridades correspondientes del programa para conocer los procedimientos que deben seguirse y obtener la información necesaria para resolver cualquier duda o problema que pudiera presentarse.

¿Qué es el Pago de Marcha al fallecer el beneficiario?

De acuerdo con las Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, los deudos de un derechohabiente fallecido tienen derecho a un Pago de Marcha.

“En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria, se entregará a su representante o adulto auxiliar registrado en el Programa, por única vez, el Apoyo Económico de Pago de Marcha. Si la persona beneficiaria no hubiera designado a un representante o adulto auxiliar, el Comité Técnico del Programa podrá determinar bajo circunstancias especiales, el otorgamiento de este apoyo”.

Es muy importante que, en caso de fallecimiento, los familiares de la persona beneficiaria, su representante o adulto auxiliar, lo notifiquen de manera inmediata a través de la Línea de Bienestar, pues para recibir el Pago de Marcha es indispensable que la, o el representante o adulto auxiliar, no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento de la persona beneficiaria.

La Secretaría de Bienestar está obligada a dar de baja del padrón a esa persona adulta mayor, pues constituye un delito que alguien más cobre en su nombre.

Vale recordar que el adulto auxiliar o representante debe ser nombrado desde la inscripción al programa y es el propio adulto o adulta mayor quien lo nombra; para el caso de las personas con discapacidad, deberá hacerlo la madre, padre o tutores legales.

¿Quién heredará la Pensión del Bienestar en caso del fallecimiento del beneficiario?

Dado que el apoyo de este programa está condicionado a ayudar a adultos mayores, no es transferible a otro miembro de la familia. Una vez que el auxiliar del beneficiario lleva el acta de defunción se tramita la baja y se cancela la ayuda gubernamental.

Sin embargo, es importante señalar que existen otras opciones de apoyo para los familiares del fallecido que podrían calificar para otros programas sociales. Por ejemplo, el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras ofrece un apoyo económico a madres trabajadoras que tengan hijos menores de 4 años.

Además, existen programas de asistencia social y programas de pensiones para adultos mayores que podrían ser de ayuda para los miembros de la familia que estén en situación vulnerable.

En cualquier caso, es recomendable que los familiares se informen sobre los programas sociales disponibles y se acerquen a las autoridades correspondientes para obtener la información y el apoyo necesario.

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