¿Qué beneficios brinda la antigüedad laboral en una empresa en México?
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La Ley Federal de Trabajo justifica los apoyos que la antigüedad laboral ofrece a los trabajadores en México
La antigüedad laboral, en México, se considera por el tiempo en que el trabajador, o empleado, estuvo vinculado a correspondiente empresa. Se calcula desde la fecha en la que inició, hacia la fecha actual, o en la que se terminó su contratación.
Los parámetros de la antigüedad laboral son regulados por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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Se debe destacar que la formula no considera la experiencia laboral de la persona, sino su tiempo de asociación a un trabajo/empresa en particular.
¿CUÁL ES LA BASE LEGAL Y MARCO NORMATIVO DE LA ANTIGÜEDAD LABORAL?
La Ley Federal de Trabajo desglosa el siguiente marco jurídico con respecto a la antigüedad laboral:
*) Artículos 76-81: Establecen los derechos vacacionales que aumentan progresivamente según los años de servicio en la empresa.
*) Artículo 162: Regula específicamente el derecho a la prima de antigüedad.
*) Artículos 47-50: Establecen las indemnizaciones por despido injustificado, cuyo cálculo considera la antigüedad del trabajador.
*) Artículos 154-162: Contienen disposiciones sobre derechos de preferencia, antigüedad y ascenso.
La antigüedad laboral se considera un derecho imposible de renunciar para los trabajadores, al igual que tampoco puede ser negado o revocado por particulares.
¿CUÁLES SON BENEFICIOS DE LA ANTIGÜEDAD LABORAL EN MÉXICO?
La antigüedad laboral, según la LFT, produce los siguientes beneficios:
*) Días de vacaciones progresivos: Tras cada año de labor la respectiva empresa, se agregan días de vacaciones justificadas al trabajador.
Ejemplo: 1 año: 12 días; 2 años, 14 días; 3 años, 16 días.
*) Prima de antigüedad: este beneficio consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicios prestados.
Puede aplicarse, tras las siguientes condiciones:
Despido injustificado; Renuncia voluntaria, después de 15 años de servicios; jubilación; incapacidad permanente, o fallecimiento del trabajador; terminación de empleo por causa justificada.
*) Protección contra el despido: según la LFT, el trabajador de 20 años laborales en una empresa solo podrá ser despedido por causas ‘particularmente graves’, los cuales afecten a la relación laboral.
*) Cálculo de la antigüedad laboral: se efectúa al considerar el tiempo útil de servicio, iniciando desde la fecha de ingreso que se registró en el contrato inicial, o el dado de alta en el IMSS.
Se debe destacar que el tiempo de vacaciones sí es considerado en el cálculo de antigüedad, mientras que lapsos de suspensión de no cuentan.
Se destacó, por parte de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, que las recontrataciones de antigüedad, pueden ser válidas, si es que no hubo rupturas formales del vínculo laboral
¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES PATRONALES?
Según la Ley Federal del Trabajo, las empresas, o negocios, deben tener el seguimiento correspondiente de la información de su empleado; especificado en los siguientes cuatro puntos:
*) Registro de ingreso de cada empleado en el negocio
*) Calcular adecuadamente las prestaciones derivadas de la correspondiente antigüedad
*) Comunicar los beneficios ligados a la antigüedad del empleado
*) Dar entrega anual de la constancia de cada trabajador
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Para comprobar la antigüedad, la empresa también debe emitir una carta de antigüedad laboral, en donde esté certificado el tiempo del trabajador en la empresa.