Sheinbaum aprueba aguinaldo para adultos mayores con credencial INAPAM y que cumplan con estos requisitos; recibirán 15 días de salario
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Los adultos mayores con credencial INAPAM pueden recibir aguinaldo si tienen un empleo formal; conoce cuánto les corresponde y cuándo deben recibirlo
El gobierno de la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, aprueba el aguinaldo a los adultos mayores con credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) que se encuentren inscritos en el Programa de Vinculación Productiva.
Ante la duda de si se trata de un bono universal o un beneficio exclusivo, las normativas laborales y los lineamientos del Gobierno de México, aclaran el funcionamiento real de esta prestación.
El Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) cuenta con un Servicio de Vinculación Productiva que busca conectar a personas de 60 años o más con oportunidades laborales. Cuando existe una relación de trabajo subordinada con una empresa y se cumplen las condiciones previstas por la Ley Federal del Trabajo, el trabajador adquiere los derechos correspondientes.
Por ello, el llamado “aguinaldo INAPAM” no es un apoyo económico adicional ni una nueva pensión aprobada por la administración de Claudia Sheinbaum. Se trata del aguinaldo establecido en la legislación laboral para quienes tienen una relación formal de trabajo.
¿CUÁNTO AGUINALDO LES CORRESPONDE?
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que las personas trabajadoras tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente, como mínimo, a 15 días de salario cuando hayan laborado durante todo el año con el mismo patrón.
Si el trabajador no cumplió los 12 meses de servicio, también tiene derecho al pago proporcional correspondiente al tiempo efectivamente trabajado. La edad no elimina este derecho cuando existe una relación laboral protegida por la legislación.
El pago debe realizarse antes del 20 de diciembre. La obligación corresponde al patrón, no al INAPAM, por lo que la institución no realiza un depósito general a las personas que cuentan con su credencial.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) señala que el aguinaldo es una prestación que corresponde a quienes mantienen una relación laboral subordinada y se encuentran bajo el régimen de la LFT. Esto incluye a trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, eventuales y otras modalidades contempladas por la legislación.
¿CÓMO PUEDEN ACCEDER A UN EMPLEO MEDIANTE INAPAM?
Las personas adultas mayores interesadas en incorporarse al mercado laboral pueden recurrir al Servicio de Vinculación Productiva del INAPAM, que mantiene relación con empresas interesadas en contratar a personas de 60 años o más.
El procedimiento contempla la solicitud de vinculación y una entrevista con personal encargado del servicio. De acuerdo con el manual vigente, para solicitar la vinculación productiva se requiere acreditar la afiliación al INAPAM y presentar la CURP.
Una vez que la persona es vinculada con una empresa y se concreta una contratación formal, la relación laboral queda sujeta a las disposiciones aplicables. A partir de ese momento, el trabajador puede generar derechos como salario, aguinaldo y otras prestaciones laborales, dependiendo de las condiciones de contratación.
Para tramitar la credencial INAPAM, el instituto establece como requisito tener 60 años cumplidos o más. También solicita documentación para acreditar identidad, edad y domicilio, además de una fotografía reciente, aunque los requisitos específicos pueden variar según el módulo.
NO ES UN BONO AUTOMÁTICO POR TENER LA CREDENCIAL
La diferencia entre una prestación laboral y un apoyo gubernamental resulta clave. Una persona puede tener su tarjeta INAPAM y no recibir aguinaldo si no mantiene una relación laboral que genere ese derecho.
En cambio, un adulto mayor que trabaja formalmente para un patrón y está sujeto a la LFT sí puede tener derecho a esta prestación, independientemente de que haya encontrado el empleo mediante Vinculación Productiva o por otra vía.
Así, el monto del aguinaldo depende principalmente del salario y el tiempo trabajado, no de la credencial INAPAM. Si laboró el año completo, el mínimo legal es equivalente a 15 días de salario; si trabajó menos tiempo, corresponde la parte proporcional.
DATOS CURIOSOS
· La credencial INAPAM no genera un aguinaldo automático.
· El aguinaldo mínimo establecido por ley equivale a 15 días de salario por un año trabajado.
· Si no se trabajó el año completo, corresponde la parte proporcional.
· El patrón debe pagar el aguinaldo antes del 20 de diciembre.
· El INAPAM tiene un Servicio de Vinculación Productiva para personas de 60 años o más.
· La edad mínima para tramitar la credencial INAPAM es de 60 años.
· El aguinaldo es una prestación laboral, no un depósito adicional otorgado por el INAPAM.