¿Ya no puedes pagar la colegiatura de tu hija o hijo? Profeco señala tus derechos como madre, padre o tutor

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/ 7 agosto 2025

Profeco publicó una guía para madres y padres con dificultades para pagar escuelas privadas, detallando derechos, obligaciones y acciones legales

En su edición más reciente de la Revista del Consumidor, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) difundió una guía informativa dirigida a madres, padres y tutores que enfrentan dificultades económicas para continuar pagando la escuela privada de sus hijas o hijos.

El artículo expone los derechos fundamentales que protegen a niñas, niños y adolescentes en materia educativa, así como las obligaciones de los prestadores de servicios educativos particulares.

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La educación es un derecho consagrado en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La ley establece que el acceso a la educación debe estar garantizado por el Estado, ya sea a través de instituciones públicas o mediante la regulación de escuelas particulares. La educación básica (preescolar, primaria y secundaria) es gratuita en las escuelas públicas a cargo de la Secretaría de Educación Pública (SEP), aunque muchas familias optan por instituciones privadas que ofrecen planes y modelos educativos diferentes.

REGULACIÓN DE LAS ESCUELAS PARTICULARES

Para poder ofrecer servicios educativos válidos, las instituciones privadas deben estar incorporadas a la SEP y cumplir con ciertos lineamientos establecidos en el Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan los particulares. Este acuerdo establece criterios para proteger a las y los estudiantes, y para informar de manera clara a madres, padres o tutores sobre las condiciones del servicio que ofrecen.

De acuerdo con esta normativa, los prestadores de servicios educativos particulares están obligados a informar de forma completa y accesible lo siguiente:

- Los niveles escolares que ofrecen y el tipo de servicios educativos que brindan.

- El número de acuerdo de incorporación otorgado por la SEP, que da validez oficial a los estudios. En caso de no contar con este, deben especificar que se trata de un plantel no incorporado.

- El costo total de inscripción y reinscripción.

- El monto total de las colegiaturas, detallando la periodicidad de pago y las condiciones aplicables.

- Costos adicionales por conceptos como exámenes, cursos, servicios complementarios, certificados, constancias y reglamento escolar.

¿QUÉ PASA SI YA NO PUEDES PAGAR LA COLEGIATURAS?

La Profeco señala que si una persona deja de cubrir tres colegiaturas consecutivas (o más), lo que equivale al menos a tres meses sin pago, la institución educativa tiene la posibilidad legal de suspender el servicio educativo. Sin embargo, esto no puede hacerse de forma inmediata ni arbitraria, ya que existen obligaciones que deben cumplirse para proteger el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

En caso de llegar a ese punto, la escuela debe notificarlo con al menos 15 días de anticipación a madres, padres o tutores antes de suspender la educación del estudiante. Esta medida busca brindar tiempo suficiente para tomar decisiones que permitan la continuidad de los estudios, ya sea regularizando pagos o trasladando a la o el menor a otra institución.

A pesar de que la escuela privada pueda dejar de prestar el servicio educativo por falta de pago, está obligada a garantizar el acceso a los documentos oficiales del alumno o alumna. Estos deben entregarse sin ningún costo y en un plazo no mayor a 15 días a partir de la solicitud formal por parte del tutor.

Además, si la alumna o el alumno desea presentar exámenes extraordinarios para acreditar el ciclo escolar, tiene derecho a hacerlo en igualdad de condiciones que el resto de los estudiantes, pagando únicamente los derechos que correspondan.

¿QUÉ HACER SI LA ESCUELA SE NIEGA A ENTREGAR LA DOCUMENTACIÓN DE LA O EL ESTUDIANTE?

Si la institución educativa se niega a entregar la documentación escolar, como boletas, certificados o constancias, la Profeco recomienda acudir a cualquiera de las Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO), ya sea en el domicilio o en el lugar de trabajo del tutor. La queja puede presentarse de forma presencial y tiene como objetivo garantizar que la escuela cumpla con sus obligaciones.

Una vez liberada la documentación, el estudiante podrá continuar sus estudios en cualquier escuela pública de la SEP, donde se ofrece educación gratuita y con validez oficial.

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PROFECO EMITE RECOMENDACIONES PARA MADRES, PADRES Y TUTORES

La Profeco sugiere que, antes de inscribir a una hija o hijo en una escuela privada, se verifique que cuente con reconocimiento oficial de la SEP y que la institución proporcione por escrito toda la información relativa a costos, servicios y condiciones del contrato.

Además, en caso de enfrentar dificultades económicas, es importante conocer los derechos establecidos en la normativa vigente y saber que existen vías legales para garantizar la continuidad educativa de niñas, niños y adolescentes, sin que ello represente una barrera adicional.

Para más información, orientación o asesoría, la Profeco pone a disposición sus canales de contacto y oficinas regionales.

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Me interesan los temas de actualidad, la música de Asia y el Glam Rock; con pasión por los deportes como el Fútbol Americano y los e-sports. Parte de la comunidad Queer que disfruta la literatura y las tendencias.
Licenciada en Letras Españolas por la Universidad Autónoma de Coahuila, con diplomado en Literatura Contemporanea del siglo XX otorgada por el INBA y ponente en el II Congreso Internacional de Humanidades: Horizontes y Desafíos en la Investigación Interdisciplinaria, Además de contar con certificado en Lengua de Señas Mexicanas nivel avanzado.

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