Avala TEPJF dar ‘carta libre’ a Guadalupe Taddei con cargos en el INE
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Elimina la obligación para que la funcionaria nombre a otros 10 cargos de primer nivel antes del 20 de enero.
Por tres votos a favor y dos en contra, el Tribunal Electoral avaló el proyecto con el que se le da “manga ancha” a la presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei para que designe en la Secretaría Ejecutiva a un encargado de despacho.
Además, elimina la obligación para que la funcionaria nombre a otros 10 cargos de primer nivel antes del 20 de enero.
Este proyecto fue presentado ayer por la presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Mónica Soto Fregoso, y este miércoles pasó a discusión al Pleno de la Sala Superior. El documento deja sin efectos el acuerdo del INE avalado en diciembre pasado por seis consejeros, y al que se opusieron la presidenta del INE y cuatro homólogos.
Con su aprobación, los encargados de despacho actuales -algunos cuestionados por su cercanía con la 4T o por no tener experiencia electoral-, así como los directores que se designen por la presidencia, podrán seguir en el ejercicio de las funciones hasta la conclusión del proceso electoral.
En dicha sesión, la presidenta del TEPJF, Mónica Soto, consideró que el también llamado “mecanismo extraordinario para designar titulares de la Secretaría Ejecutiva, direcciones ejecutivas y unidades técnicas”, establece requisitos y condiciones adicionales que van “más allá” de lo estipulado en la ley para la designación de los mencionados cargos vacantes.
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“Y obstaculizan el derecho a poder ejercer ese cargo porque no están establecidas en la ley esas restricciones”, insistió.
Remarcó que su propuesta, de manera contraria, es acorde con lo estipulado en la legislación electoral y la Constitución que contempla, dijo, las facultades discrecionales de la presidencia de órganos electorales. Sostuvo que la iniciativa va encaminada a garantizar la operatividad, continuidad y atención pronta de los asuntos de su competencia en el marco de los comicios de este año.
“Existe una facultad discrecional otorgada a la presidencia para que proponga al Consejo General a la persona que estime idónea, garantizando la posibilidad de que cualquier persona que cumpla con los requisitos exigidos legalmente pueda ser propuesta y en efecto, tratándose de la Secretaría Ejecutiva la persona que presida el INE puede someter a la consideración del Consejo General la propuesta correspondiente sin más limitaciones que el cumplimiento de los requisitos previstos en ley”, defendió.
De forma contraria, señaló, lo avalado por el INE en diciembre de 2023 acorta injustificadamente la facultad discrecional de la presidencia que, indicó, está establecida en el reglamento para hacer frente a aquellas contingencias derivadas de la falta de acuerdos para la designación de las titularidades.
“Las disposiciones controvertidas van más allá de las previsiones legales () se crean limitantes, no previstas expresamente en los ordenamientos de rango legal. Aquí se está yendo más allá de lo establecido para acotar derechos a personas que reúnen los requisitos legales”, agregó.
Soto Fregoso incluso dijo que esto no es nuevo, sino que tienen precedentes en esta Sala Superior como el recurso de apelación 786 del año 2017, los juicios ciudadanos de 2020 y el 317 de 2023, en los que apuntó, se confirmaron las facultades discrecionales de las presidencias de los Oples para proponer a sus consejos generales y a las personas que ocuparían las secretarías ejecutivas.
“Es decir; esta propuesta no es un criterio novedoso que estoy poniendo a su consideración, sino que tiene también sustento en precedentes de esta misma sala”, expuso.
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Al respecto, Janine Otálora Malassis manifestó su voto en contra al resaltar que el Instituto Nacional Electoral (INE) es un organismo constitucionalmente autónomo que tiene como órgano máximo de dirección a un Consejo General integrado por las 11 consejerías.
“La titularidad descansa en un colegiado y no en una figura unipersonal, como puede suceder en otros órganos. Y esta es una decisión que adoptó el propio constituyente permanente al momento justamente de idear el diseño sobre el que se edificaría esta autoridad y la colegialidad implica un ejercicio responsable y corresponsable de las diversas atribuciones que se tiene en el seno de un organismo”, indicó.
La Magistrada refirió que la propuesta de la Magistrada presidenta atentaría además con el profesionalismo que ha caracterizado a los funcionarios que ocupan cargos directivos en el INE.
“La democracia exige de demócratas y eso no sólo implica a los partidos políticos, sino también a quienes integramos órganos colegiados, y particularmente a aquellos de velar por la legalidad y constitucionalidad del proceso electoral”, remarcó.
“Tampoco comparto la posibilidad de quienes ocupan actualmente las encargadurías puedan permanecer en el encargo hasta en tanto concluya el proceso electoral. Estimo que esto viene justamente a demeritar lo que ha sido la fuerza del Instituto Nacional Electoral en cuanto a sustentarse en un servicio profesional”, agregó.
El Magistrado Felipe Fuentes acompañó la propuesta de Mónica Soto Fregoso al coincidir con sus puntos de defensa, pero Reyes Rodríguez Mondragón manifestó no estar de acuerdo al opinar que con ello se atenta a los contrapesos y a la elección de perfiles profesionales, además de que el mecanismo extraordinario avalado por el INE no viola el principio de discrecionalidad de la presidenta y estipular los plazos para los nombramientos tampoco es limitativo.
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“La necesidad de contar con profesionales de solvencia se vuelve más importante cuando hay un proceso electoral en curso para asegurar la certeza, la viabilidad del mismo proceso electoral”.
Advirtió que de avalarse este proyecto en sus términos, se corre el riesgo de que la presidencia del Consejo General del INE “le dé la vuelta” al mecanismo de votación necesario para la aprobación de las titularidades permanentes de las direcciones ejecutivas y las unidades técnicas, manteniendo encargadurías de forma indefinida, no se garantizaría la idoneidad de los perfiles y el correcto desempeño de la función electoral.
“Ello en los hechos anularía la atribución legal del Consejo General para designar a las personas titulares de los órganos ya referidos y por el voto calificado de dos terceras partes”, acotó.
Finalmente, el Magistrado Felipe de la Mata Pizaña marcó el voto decisivo, quien lo hizo en contra, con lo que se concretó el dar “manga ancha” a la presidenta del INE, Guadalupe Taddei.
“Aquí entre ‘nos’ yo no veo que derivado de esto no se vaya a cumplir la elección y venga la destrucción completa del Instituto Nacional Electoral y que a partir de ahora las elecciones en México se pierdan completamente ¡No!, yo la verdad no”.
(Con información de Reforma)