INAI ordena a la Cofepris transparentar permiso para vacuna Pfizer en menores
El INAI insta a la Cofepris a proporcionar la versión pública de la resolución de Pfizer sobre la autorización para la vacuna COVID-19 en menores de 5 años
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ha instado a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) a proporcionar la versión pública de la resolución relacionada con la solicitud presentada por Pfizer S.A. de C.V. La solicitud se refiere a la modificación de las condiciones de la Autorización Temporal de Uso de Emergencia de la vacuna “Pfizer-BioNTech COVID-19 Vaccine” en el grupo etario de 6 meses a menores de 5 años.
La Comisionada Norma Julieta del Río Venegas, al presentar el caso ante el Pleno, destacó la importancia de garantizar el acceso a la información sobre las vacunas que se administrarán a los niños en el país. Afirmó que el INAI no puede permitir que las autoridades ignoren las solicitudes de información de la ciudadanía en este contexto crucial.
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Del Río Venegas subrayó que, según la normativa, la Cofepris, como órgano dependiente de la Secretaría de Salud, es la institución encargada de autorizar insumos, medicamentos y el uso de vacunas en México. Además, destacó que la Comisión había autorizado recientemente la disponibilidad de las vacunas actualizadas de Pfizer y Moderna en farmacias y establecimientos autorizados, eliminando intermediarios y facilitando el acceso directo al público.
La Comisionada también recordó la importancia de cumplir con los esquemas de vacunación establecidos por la Secretaría de Salud para proteger a la población contra el COVID-19 y la influenza. Subrayó que esta nueva regulación no interferirá con las campañas de vacunación en curso.
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SOLICITANTE RECIBIÓ POR PARTE DE LA COFEPRIS INFORMACIÓN SOBRE OTRA SOLICITUD
El caso ante el INAI surgió cuando la persona solicitante presentó un recurso de revisión debido a que la Cofepris, en lugar de proporcionar la resolución solicitada, ofreció una versión pública de la respuesta a otra solicitud del 5 de diciembre de 2022. A pesar de estar relacionada con la modificación de las condiciones de la autorización temporal de la vacuna, no cumplió con la solicitud específica.
En los alegatos, la Comisión argumentó que la información era inexistente. Sin embargo, la ponencia de la Comisionada Del Río Venegas determinó que no se consultaron todas las áreas administrativas competentes, y que el documento proporcionado por la Subdirección Ejecutiva de Fármacos y Medicamentos no correspondía a la resolución emitida por la Cofepris.
Ante esto, el Pleno del INAI decidió revocar la respuesta de la Cofepris y la instruyó a realizar una nueva búsqueda congruente y exhaustiva en todas las unidades administrativas competentes, asegurando que se entregue a la persona solicitante la resolución solicitada.