Invalida SCJN que Fuerzas Armadas intervengan telecomunicaciones de civiles
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También se discutió la revisión de vehículos sin orden judicial
Elementos de las Fuerzas Armadas no podrán solicitar información o datos personales de civiles a las telecomunicaciones, por ejemplo, llamadas, mensajes ni geolocalizaciones en tiempo real, o hacer revisiones a vehículos sin una orden judicial.
Fue a través de la acción de inconstitucionalidad 46/2016, impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que se revisaron diferentes disposiciones del Código de Justicia Militar y del Código Militar de Procedimientos Penales.
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Dicho proyecto lo presentó el ministro Luis María Aguilar, y se ha analizado en ocasiones anteriores, empero, apenas el día de ayer se propuso discutirlo detalladamente.
Así, la ministra Yasmín Esquivel apuntó que sólo las autoridades civiles están facultadas constitucionalmente para llevar a cabo estos procedimientos, y dejar que las Fuerzas Armadas tengan tal control sería validar “una forma de espionaje ilegal”.
Por otro lado, el ministro Javier Laynez Potisek, aseveró que solicitar la geolocalización debería ser un método restringido, autorizado solamente cuando se investiguen delitos que pongan en riesgo la vida, integridad y seguridad de las personas.
Mientras, la ministra Loretta Ortiz agregó que inspeccionar vehículos sin autorización judicial vulnera el derecho a la intimidad, específicamente, “el artículo 16 constitucional que prohíbe todo acto arbitrario de molestia”.
Asimismo, también se invalidó el artículo 361 del Código Militar de Procedimientos Penales, donde se permitía la presencia de los testigos mediante el uso de la fuerza pública y “sin agotar medidas de apremio”, no obstante, se permitió que las autoridades militares puedan requerir la comparecencia de personas que no están sujetas a la jurisdicción militar.
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El próximo jueves se continuará con la discusión de otros artículos impugnados de los códigos señalados.
Con información de Latinus.